{"id":30551,"date":"2010-04-15T11:16:44","date_gmt":"2010-04-15T11:16:44","guid":{"rendered":"http:\/\/asufin.com\/?p=124"},"modified":"2022-03-09T19:17:04","modified_gmt":"2022-03-09T19:17:04","slug":"el-cliente-de-servicios-financieros-en-el-proyecto-de-ley-de-economia-sostenible","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/staging.asufin.com\/staging\/el-cliente-de-servicios-financieros-en-el-proyecto-de-ley-de-economia-sostenible\/","title":{"rendered":"El cliente de servicios financieros en el Proyecto de Ley\u00a0de\u00a0econom\u00eda\u00a0sostenible"},"content":{"rendered":"<p>Se habla mucho del <strong>Proyecto de Ley de econom\u00eda sostenible<\/strong> actualmente en el Congreso y de c\u00f3mo contribuir\u00e1 a la mejora de la actual situaci\u00f3n econ\u00f3mica de nuestro pa\u00eds. Nosotros nos hemos preocupado por revisar c\u00f3mo afectar\u00e1 esta Ley al cliente de servicios financieros y en especial, si supondr\u00e1 una mejora teniendo en cuenta las quejas que hemos venido efectuando en el \u00faltimo a\u00f1o, a saber:<\/p>\n<p><strong><span style=\"text-decoration: underline;\">1. Independencia del Regulador.<\/span><br style=\"text-decoration: underline;\" \/>Banco de Espa\u00f1a, la Comisi\u00f3n Nacional del Mercado de Valores y la Direcci\u00f3n General de Seguros y Fondos de Pensiones.<\/strong><\/p>\n<p>Desde Asuapedefin y la Plataforma <a href=\"http:\/\/www.noclip.es\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">noclip<\/a> venimos denunciando la dificultad que supone para el Banco de Espa\u00f1a preocuparse por el usuario bancario cuando se ha de preocupar al mismo tiempo por regular a las Entidades financieras y su solvencia. Ya lo manifestamos as\u00ed en las pasadas <strong><a href=\"http:\/\/afectadosclipsbankinter.ning.com\/video\/participacion-en-las-xxxi\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Jornadas de la Abogac\u00eda del Estado<\/a><\/strong> y \u00a0en nuestras denuncias hemos pedido reiteradamente que se instara al Ministerio de Econom\u00eda a que nombrase al\u00a0<strong><a href=\"http:\/\/www.quejasyreclamaciones.com\/normativafinanciera.htm\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Financieros<\/a><\/strong>, una \u00f3rgano creado por la Ley de medidas de reforma del sistema financiero (Ley 44\/2002) y que al d\u00eda de hoy no ha sido ocupado. Coincidimos plenamente, por tanto, en el criterio del\u00a0<a href=\"http:\/\/rdmf.wordpress.com\/2008\/07\/07\/el-defensor-del-pueblo-exige-al-banco-de-espana-el-nombramiento-del-comisionado-para-la-defensa-del-cliente-bancario\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><strong>Defensor del Pueblo<\/strong><\/a> que viene exigiendo en sus informes anuales el nombramiento de este Comisionado que tiene unas competencias m\u00e1s amplias que el Servicio de Reclamaciones del Banco de Espa\u00f1a y que, en nuestra opini\u00f3n, dar\u00eda un servicio m\u00e1s satisfactorio a los clientes bancarios.<\/p>\n<p>Pues bien, el Proyecto de Ley de Econom\u00eda Sostenible directamente modifica la Ley 44\/2002, s\u00f3lo en la cuesti\u00f3n procedimental, pero lo cierto es que dinamita la figura del Comisionado \u00fanico para la Defensa del cliente y se limita a hablar de una ventanilla \u00fanica de cada uno de los tres servicios de reclamaciones, como hasta ahora. En ASUAPEDEFIN conocemos bien lo que significa la ventanilla \u00fanica con viajes de ida y vuelta de los expedientes de algunos de nuestros socios entre BdE y CNMV para decir, al final del todo, que ninguno es competente. \u00bfHa pensado la Ministra Salgado en la posibilidad de un conflicto negativo de competencias, es decir, que nadie quiera resolver? Parece que no, esperemos que nuestros diputados y senadores s\u00ed lo hagan por el bien de todos.<\/p>\n<p><strong>2.- Car\u00e1cter <span style=\"text-decoration: underline;\">no vinculante<\/span><\/strong><strong> y <span style=\"text-decoration: underline;\">no recurrible<\/span><\/strong><strong> de las resoluciones.<\/strong><\/p>\n<p>El car\u00e1cter no vinculante de las resoluciones nos hace preguntarnos si es realmente \u00fatil acudir a un servicio de reclamaciones cuya informe no tiene por qu\u00e9 ser acatado por la entidad financiera. De todas las resoluciones emitidas por el Banco de Espa\u00f1a en el caso de los SWAPS que tenemos constancia, han sido favorables al cliente 2\/3 de las mismas (53\/83) y de ellas, apenas se han allanado en un media docena de ocasiones.\u00a0No olvidemos adem\u00e1s que esas 53 hab\u00edan sido rechazadas o no contestadas despu\u00e9s de 2 meses por los respectivos defensores del cliente de las entidades. A las entidades les basta as\u00ed con controlar a \u0093sus\u0094 defensores. Con el actual sistema de falta de vinculaci\u00f3n y de imposibilidad de arbitraje de consumo en la materia estamos abocados a los Tribunales. Al igual que otros organismos reguladores no tienen competencia en la materia (CNE, CMT) por presi\u00f3n de las Comunidades Aut\u00f3nomas, no entendemos el silencio de las Comunidades Aut\u00f3nomas en este caso en el que creemos que se deber\u00edan implicar m\u00e1s. Esto es consumo \u0096competencia aut\u00f3nomica-, no bases y coordinaci\u00f3n de la actividad econ\u00f3mica \u0096competencia estatal. Los diputados y senadores tambi\u00e9n deber\u00edan reflexionar sobre ello.<\/p>\n<p>Por otro lado, \u00bfqu\u00e9 sucede si no estamos de acuerdo con la resoluci\u00f3n o si, como hemos experimentado en el caso de los SWAPS, el Banco de Espa\u00f1a cambia de criterio llegando a decir que un mismo contrato incumple o cumple con la legalidad vigente dependiendo del momento en el que ha sido emitida la resoluci\u00f3n? En las resoluciones R200801613 y R200900721, el Banco de Espa\u00f1a resolvi\u00f3 en junio del 2008 que el clausulado del contrato de INTERCAMBIO de Bankinter adolec\u00eda, independientemente de su comercializaci\u00f3n, de la informaci\u00f3n suficiente para poder considerarse adecuado para la contrataci\u00f3n del mismo. Posteriormente, todas las resoluciones emitidas han considerado que el clausulado <span style=\"text-decoration: underline;\">del mismo contrato<\/span> era correcto. As\u00ed mismo, el Banco de Espa\u00f1a ha opinado de 3 maneras distintas acerca de los Clips comercializados por Bankinter: en una primera fase indicaba que el contrato no conten\u00eda informaci\u00f3n clara y suficiente; en una segunda fase, que el contrato era correcto; en una tercera y no sabemos si \u00faltima fase, que el contrato es correcto pero que la estructura del producto ofrecido no es la pretendida por la Ley 36\/2003 (resoluciones\u00a0R200910928, R200910923, R200911546, etc.). Ante esta disparidad de resoluciones, nos encontramos con que no podemos recurrir la resoluci\u00f3n!\u00a0<strong>\u00bf<\/strong><strong>es posible y tolerable en un estado democr\u00e1tico, donde se controla judicialmente al menos en su forma hasta los actos exclusivamente pol\u00edticos del Gobierno, que exista actividad administrativa en la que por Ley no quepa ning\u00fan recurso, ni siquiera cuando haya un desconocimiento absoluto del procedimiento como hemos sufrido tantas veces con el tema SWAPS? \u00bfhemos vuelto a los viejos tiempos cuando la Administraci\u00f3n se blindaba frente a las pretensiones del ciudadano por el expediente de la imposibilidad de recurrir?<\/strong><\/p>\n<p>Y qu\u00e9 nos dice el Proyecto de Ley que nos ocupa? Cito textualmente (Art. 30\/2):<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\"><em>2. Los servicios de reclamaciones del Banco de Espa\u00f1a, la Comisi\u00f3n Nacional del Mercado de Valores y la Direcci\u00f3n General de Seguros y Fondos de Pensiones resolver\u00e1n las quejas y reclamaciones a las que se refiere el apartado anterior, <\/em><strong><span style=\"text-decoration: underline;\"><em>mediante informes motivados, que no tendr\u00e1n en ning\u00fan caso car\u00e1cter de acto administrativo recurrible.<\/em><\/span><\/strong><\/p>\n<p>Uno se pregunta entonces \u00bfes realmente necesario este servicio? \u00a0\u00bfno ser\u00eda mejor \u00a0acudir a los tribunales y no perder 6 (2+4) meses en este tr\u00e1mite?<\/p>\n<p><strong>Nosotros creemos que la defensa del consumidor debe encauzarse mediante servicios de reclamaciones competentes, eficaces y, sobre todo, independientes evitando en la medida de lo posible acudir a tribunales con el coste econ\u00f3mico que ello implica, es por ello que resulta decepcionante esta Ley de Econom\u00eda sostenible que no avanza en la defensa de los consumidores bancarios si no que afianza unas estructuras de reclamaci\u00f3n que no resuelven los problemas de los consumidores bancarios o que si lo hacen, no surten ning\u00fan efecto.<\/strong><\/p>\n<p>As\u00ed las cosas, parece que no nos queda m\u00e1s remedio que acudir a la Justicia cuyos efectos son m\u00e1s contundentes y que, para nuestra suerte, nos viene ofreciendo desde hace varias semanas <a href=\"https:\/\/staging.asufin.com\/staging\/sentencias-asufin-cierra-el-mes-de-mayo-con-mas-de-70-sentencias-favorables\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Sentencias<\/a> favorables a los consumidores bancarios.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se habla mucho del Proyecto de Ley de econom\u00eda sostenible actualmente en el Congreso y de c\u00f3mo contribuir\u00e1 a la mejora de la actual situaci\u00f3n econ\u00f3mica de nuestro pa\u00eds. Nosotros nos hemos preocupado por revisar c\u00f3mo afectar\u00e1 esta Ley al cliente de servicios financieros y en especial, si supondr\u00e1 una mejora teniendo en cuenta las quejas que hemos venido efectuando en el \u00faltimo a\u00f1o, a saber:<br \/>\n1. Independencia del Regulador. BdE, CNMV y DGSyFP.<br \/>\n2.- Car\u00e1cter no vinculante y no recurrible de las resoluciones.<br \/>\nNosotros creemos que la defensa del consumidor debe encauzarse mediante servicios de reclamaciones competentes, eficaces y, sobre todo, independientes evitando en la medida de lo posible acudir a tribunales con el coste econ\u00f3mico que ello implica, es por ello que resulta decepcionante esta Ley de Econom\u00eda sostenible que no avanza en la defensa de los consumidores bancarios si no que afianza unas estructuras de reclamaci\u00f3n que no resuelven los problemas de los consumidores bancarios o que si lo hacen, no surten ning\u00fan efecto.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_jetpack_newsletter_access":"","_jetpack_dont_email_post_to_subs":false,"_jetpack_newsletter_tier_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paywalled_content":false,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[103,80,106],"tags":[104,105,107,108],"class_list":["post-30551","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-asufin-comunicados","category-banco-de-espana","category-defensor-del-pueblo-acciones","tag-banco-de-espana","tag-cnmv","tag-ley-de-economia-sostenible","tag-ministerio-de-economia"],"acf":[],"jetpack_featured_media_url":"","jetpack_shortlink":"https:\/\/wp.me\/peayLa-7WL","jetpack_likes_enabled":false,"jetpack_sharing_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/staging.asufin.com\/staging\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/30551","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/staging.asufin.com\/staging\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/staging.asufin.com\/staging\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/staging.asufin.com\/staging\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/staging.asufin.com\/staging\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=30551"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/staging.asufin.com\/staging\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/30551\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":89429,"href":"https:\/\/staging.asufin.com\/staging\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/30551\/revisions\/89429"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/staging.asufin.com\/staging\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=30551"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/staging.asufin.com\/staging\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=30551"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/staging.asufin.com\/staging\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=30551"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}