El Santander ha sido condenado por la no informar los riesgos de la contratación de un SWAP en Telde (Las Palmas de Gran Canaria) y en Sarria (Lugo) a un particular y una pyme respectivamente.
El primer caso de un particular del Santander. La directora de la oficina que colocó el producto reconoce haber sido ascendida por su asesoramiento y labor comercial en la venta de swaps.
La jueza del JPI nr. de Telde, Ma de los Ángeles Zabala, dictó una impecable sentencia el pasado 6 de septiembre a favor de un particular que había firmado un CONTRATO DE OPCIÓN DE TIPO DE INTERÉS COLLAR en abril de 2008. A pesar de tratarse de un CMOF, la jueza considera que se trata de contratos de adhesión, sin posibilidad de negociación individual y que es de una complejidad que obliga a la información previa al cliente, extremo que el Santander no pudo probar. Así mismo, considera que, en aplicación de la MIFID, al tratarse de un cliente minorista goza del máximo nivel de protección, tanto en la realización de los test de idoneidad y conveniencia como en el alcance de la información pre- y postcontractual que debió ponerse a su disposición.
Por otra parte, la jueza pone de manifiesto nuevamente el informe del Defensor del Pueblo en el que se considera que estos productos están diseñados de forma que no cubren el riesgo de fluctuación de los tipos de interés. Por si esto fuera poco, la propia directora del Banco Santander reconoció en el juicio «que como todos los directores de sucursales, cobraban según el número de productos enajenados, al igual que la comercial que enajenó el producto bancario, habiendo sido ambos ascendidos como consecuencia de su labor en la sucursal en la que se suscribió el contrato».
Una pyme de Galicia con 2 swaps con nocionales de 2 y 3 millones de Euros gana al Santander.
En Sarria (Lugo) un juez ha estimado la demanda interpuesta por el letrado Oscar Torres (OTC Abogados) declarando la nulidad de la totalidad de los contratos suscritos por vicio en el consentimiento e imponiendo las costas al Santander. La demanda iba acompañada de un informe pericial de Cristobal Verdú Nido, que acumula ya varias sentencias favorables a los afectados de Bankinter, Banco Sabadell y ahora Santander.
La pyme había firmado el CMOF (Contrato Marco de Operaciones Financieras) en 2005 y las confirmaciones de 2 swaps con nocionales de 3.000.000,00 (Swap Bonificado Reversible Media) y 2.000.000, 00 (Swap Bonificado Escalonado con Barrera Knock-In in Arrears) ambos en el 2006.
Tal y como nos ha comentado Oscar Torres, la sentencia se fundamenta la nulidad por vicio en el consentimiento en el incumplimiento por parte de la entidad demandada del deber de información contractual que la legislación le impone, con un nivel claridad, imparcialidad máximo, al está ante un cliente minorista.
Así mismo, se considera acreditada la mala praxis y falta de información precontractual ante datos como, la inexistencia de simulaciones del funcionamiento del producto en distintos escenarios de tipos de interés, falta de conocimiento del director de la sucursal del producto sobre el que asesora además de comercializar y falta de información sobre el coste de cancelación (ni se informa ni consta la formula en el contrato).
Se trata de un caso especialmente relevante, pues el juzgado no ha considerado que el administrador de la entidad, ostente unos especiales conocimientos financieros a pesar de haber trabajado en banca hace más de veinte años.
Agradecemos nuevamente a Mahler por aportar la sentencia de Canarias y al letrado Oscar Torres por enviarnos y comentarnos la sentencia ganada en Sarria.
? Santander.- 06/09/2010, JPI nr. 6 Telde
? Santander.- 29/09/2010, JPIeI nr. 1 Sarria
2 comentarios
Seguimos esperando la actuación del Fiscal General del Estado, tan diligente para algunas otras cosas…
Enhorabuena a los afectados.
!Dios mío,Dios mio,Dios mío…!cinco millones de euros! Ojalá algún día se pueda demostrar que el…los poderes….de…este país se pueda demostrar que ha sido una encerrona a todo UN PAIS.Una ofensa a nuestro sistema judicial y A NUESTROS JUECES.ESTE ES UN ATENTADO MAS,CONTRA LA BUENA GENTE DEL PUEBLO.
Mi más sincera admiración a nuestros BRAVOS ABOGADOS por su lucha incansable en honor a la JUSTICIA Y LO JUSTO:SU TRABAJO, un na gran profesión y a parte son artifices de devolverle la vida a miles de familias:VIDA Y ESPERANZA…ESPERANZA Y VIDA .Es que es la vida de hijos,padres,esposas abuelos.
Yo me pregunto?¿Quién va a pagar el sufrimiento,la enfermedad,las noches de insomnio,de lagrimas de dolor o incluso el suicidio como vida de escape a tanto sufrimiento provocado por estos LADRONES que manejan nuestro dinero,y por unos politicos que desvalijan pero no tienen ninguna responsabilidad en esto?No la tienen?No tienen la culpa..? zp le dió ordenes a la banca para que OFRECIERA PRODUCTOS.. ¿qué productos,cómo y porqué?La unión europera le dió un tirón de orejas(uno de tantos) al zp y si la mifid dos años antes tenía que haber entrado en vigor…Porque no entró en vigor cuando debía,aunque,para lo que vale da igual.Esperemos que valga para algo de ahora en adelante.
Se me nublan los ojos….PERDÓN.