Banco de Valencia y Bancaja, ambos del grupo BANKIA, condenados por la colocación de swaps a particulares.
El Juzgado de Primera Instancia número 10 de Valencia condenó el pasado 23 de septiembre al Banco de Valencia por la venta de un Swap. El contrato se firmó en septiembre de 2008 cuando ya se preveía el desplome del euríbor ante la inminente crisis económica. El Banco de Valencia ha sido condenado a devolver al afectado 16.354 euros.
La entidad financiera alegó que en el momento de contratación el euríbor estaba experimentando un incremento constante y que desconocía esa tendencia futura de los tipos de interés. El perito propuesto por la demandante, Juan Miguel Gálvez, calculó que en el momento de la contratación del producto financiero este tenía un valor negativo de 20.75146, en función de las previsiones de bajada de tipos de interés que existían en ese momento y a las que el banco tenía acceso.
Según dicta la Ley del Mercado de Valores, al Banco le corresponde proporcionar al cliente una información especialmente clara y detallada que haga hincapié en los riesgos que cada operación conlleva cuando el susodicho no sea experto en mercados financieros como se puede deducir del afectado que posee estudios primarios y es vendedor de cupones de la ONCE-. Además deberá efectuar un examen de conveniencia al cliente para garantizar que comprende las implicaciones del contrato. La sentencia dicta que el Banco de Valencia no cumplió con ninguno de estos procedimientos.
El afectado contrató un leasing para su pyme y se le propuso firmar además un swap. Según el Juzgado de Primera Instancia de Valencia, se puede extraer de las declaraciones del director de la entidad, que el producto se vendió como mecanismo de delimitación o cobertura de los tipos de interés lo que llevó al cliente a pensar que se trataba de un seguro que le beneficiaría.
El swap fijaba un tipo de interés del 5% que, sumado a las cláusulas del contrato leasing – un interés variable equivalente al euribor más un incremento del 175%- supondría para el cliente un tipo de interés fijo del 675%. De esta forma, y dada la caída del euribor al final del año 2008, el afectado recibió desde el primer momento liquidaciones negativas de una media de 1.800 mensuales.
Por otro lado, el grupo Bankia, al que pertenece el Banco de Valencia, fue condenado también por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Avilés por la colocación desde Bancaja de dos swaps a un matrimonio y su hija.
- BANCAJA.- 23/09/2011 JPIeI 7, Avilés (particular). Dirección letrada: Antonio Suárez Cueva.
- B VALENCIA.- 23/09/2011. JPI 10, Valencia (pyme). Dirección letrada: Benjamín Prieto Clar. Informe pericial: Juan Miguel Gálvez.
2 comentarios
No sabemos que hará el legislador,pero se instuye una cierta hostilidad por parte de los políticos en el poder,y no muy buena disposición por parte de la Judicatura,que no se pone de un modo abierto y general en contra de los defraudadores,que han esquilmado a los medianos y pequeños empresarios,incluso a pobres viudad que se han encontrado con que su marido habia firmado un IRS para elle desconocido y que han tenido que pagar al Popular.
Francisco rodriguez moreno