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CFA: Banco Popular condenado a devolver 4,3 millones por mal asesoramiento

[column size=one_half position=first ]Los magistrados de la sala décima de la Audiencia Provincial de Madrid consideran que Banco Popular asesoró mal a su cliente recomendándole un producto complejo y especulativo[/column]

[column size=one_half position=first ]La sala entiende que el afectado no tiene perfil de inversor aunque dirija y administre sus empresas inmobiliarias o fotovoltaicas y se haya formado como ingeniero en universidades elitistas[/column]

La Audiencia Provincial ha revocado la sentencia de primera instancia que desestimó la demanda de un cliente del Popular que había invertido y perdido más de cuatro millones de euros. El juzgado de Instrucción entendió que el afectado tenía conocimientos suficientes para conocer los riesgos del producto, pero en segunda instancia valoraron el carácter no profesional minorista del inversor.

La Audiencia condena a Banco Popular a devolver 4,3 millones de euros por haber asesorado mal al empresario cuando suscribió dos CFA (Contratos Financieros Átipicos). Los magistrados entienden que, pese a su considerable patrimonio y experiencia, no se ha acreditado que sea un inversor experto o cualificado.

Ni ser administrador y director de empresas constructoras y del sector fotovoltaico, ni su formación como ingeniero en las universidades más elitistas, evidencian una especial formación inversora. Y recuerdan la STS 10/2017: «No cualquier capacitación profesional, relacionada con el Derecho y la Empresa, ni tampoco la actividad financiera ordinaria de una compañía, permiten presumir que está capacitada para tomar sus propias decisiones de inversión y valorar correctamente los riesgos”

En la sentencia, el tribunal recuerda a Banco Popular que su obligación era la de suministrar con la debida diligencia una información clara y transparente y proteger los intereses de su cliente. Sin embargo, aguantó las acciones sin proceder a la venta cuando estaba autorizado para hacerlo en unas determinadas condiciones que evitaran pérdidas superiores.

El empresario firmó sendos contratos en 2007 referenciados a acciones como el Santander. El producto era complejo, especulativo y de alto riesgo, y sólo apto para expertos. Cuando se produjo su vencimiento, el banco recomendó que vendiera los más de ciento sesenta mil títulos para acudir a la ampliación del Popular en 2012.

En la sentencia se concreta que el hecho de que el banco se ofreciera a financiar las operaciones contribuyó a formar el error. El cliente pensó que si el banco lo financiaba, la inversión no podía resultar fallida. Y siguió pensándolo en 2012, después de que los primeros contratos vencieran con un pésimo resultado a pesar de seguir las indicaciones de la entidad.

La testifical de Banco Popular reconoció que apenas se le dio información porque contaba con que sus asesores financieros y sus abogados lo harían. Dijo que era un cliente muy especial y que ya había realizado importantes inversiones en suelo y construcción, por lo que no consideró necesario informarle detalladamente.

Cuando se produjo su vencimiento, el banco recomendó que vendiera los más de ciento sesenta mil títulos para acudir a la ampliación del Popular en 2012.

Los magistrados no lo entienden así. Consideran que Banco Popular faltó a su deber de explicar que este instrumento financiero conllevaba riesgo de pérdida parcial o total del capital, como así ocurrió, obligando al afectado a hipotecar su casa y dejando sus empresas prácticamente arruinadas.

La Sala acuerda la nulidad de los contratos financieros, las pólizas de préstamo y de las acciones de la ampliación de Banco Popular en su ampliación de 2012. Fernando Zunzunegui, abogado del apelante, ha destacado que con esta sentencia se ponen de manifiesto las malas prácticas que Banco Popular tuvo con su clientela. La entidad, en grave conflicto de intereses, recomendó y financió una operación compleja y de alto riesgo sin avisar de que se trataba de un juego especulativo”, ha declarado a EFE.

Con esta sentencia, que pone en evidencia el modo de operar de Banco Popular, se abre el camino a otros inversores que lo perdieron casi todo por un mal asesoramiento. Si los jueces consideran que el banco obvió su obligación con un empresario de esa condición, más motivos tendrán para condenarle en el caso de inversores mucho menos cualificados.

En este tipo de procedimientos, es muy importante contar con letrados que sepan defender los intereses de los afectados con solvencia y compromiso. Hay mucha gente afectada por los bonos y acciones de Banco Popular que pueden recuperar su dinero. Os animamos en la lucha para acabar con los abusos bancarios.


Dirección Letrada: Fernando Zunzunegui
Banco: Banco Popular
Producto: CFA                                                                                                                                                          Perfil: Minorista

Pdf: S_180723_BPOPULAR_AP10_MADRID_REVOCA_170919_JPI48_CFA_BONOS_PART_SIN

 

 

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Un comentario

  1. Mi enhorabuena al afectado y a todos los profesionales que le han defendido.
    Mi enhorabuena también a su Señoria, por hacer de España un País más decente.
    Muchas Gracias.

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