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El Juzgado de Primera Instancia de Oviedo se posiciona a favor de los afectados
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Se aplica la bonificación máxima prevista contra la entidad
Banco Popular es condenado a pagar la suma de 30.587 euros por un SWAP y una cláusula suelo, 20.326 euros del primer concepto y 10.261 del segundo, respectivamente. El Juzgado de Primera Instancia nr. 8 de Oviedo condena a la demandada a indemnizar a los particulares los costes que supuso la contratación del contrato de permuta financiera realizado en 2008 consistentes en 6.355,45 euros ya pagados, 13.475,55 euros de capital pendiente por la adquisición de un préstamo, y 496,76 euros por factura de notario. Además, Banco Popular Español S.A., deberá hacer frente al abono de 10.261,77 euros consecuencia de las cantidades abonadas en aplicación de la cláusula suelo.
El suelo no se anula por falta de transparencia, sino que se declara que no se incorporó al contrato ya que no había ninguna mención en la escritura, por lo que el Popular deberá devolver todo lo que cobró por ese concepto desde que aplicó tal suelo.
El SWAP ya se había cancelado con el capital de un nuevo préstamo concedido con este fin, como indica la sentencia, por lo que también hay que cancelar este préstamo, reintegrando los intereses, comisiones y gastos pagados. Banco Popular tendrá que aplicar la bonificación máxima prevista en función de los demás productos contratados sobre el tipo de interés de la hipoteca, ya que el anexo en que se determinaban los productos que daban lugar a las distintas bonificaciones posibles no se incluyó en la escritura. Lo más novedoso del caso es tanto que ha de aplicarse la bonificación máxima prevista con independencia de los demás servicios o productos contratados; como que la indemnización por los gastos del swap da lugar al reintegro de los gastos del préstamo concedido para pagar la cancelación de ese swap.
Dirección Letrado: José Antonio Ballesteros Garrido
Banco: Banco Popular
Producto: SWAPS y Suelo
Perfil: Minorista
PDF: S_160315_BPOPULAR_JPI8_OVIEDO_SWAPS_SUELO_SIN