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El Juzgado de Primera Instancia de Donostia falla a favor del particular contra los bonos convertibles adquiridos
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Se realizó una infracción por parte de la entidad demandada en materia de diligencia y transparencia bancaria
El Juzgado de Primera Instancia nr. 5 de Donostia sentencia contra Banco Popular declarando la nulidad de un contrato de adquisición de bonos subordinados necesariamente canjeables por acciones del banco. Banco Popular deberá pagar a la demandante la cantidad invertida de 156.000 euros por bonos convertibles, con los intereses legales correspondientes desde la fecha de los cargos y abonos derivados de la contratación.
La parte demandante argumentó que no se advirtió de forma comprensible de los riesgos financieros como la posibilidad de pérdida de valor de capital, lo cual propició una falsa apariencia de que lo contratado era una imposición a plazo fijo, sin que la conversión de los bonos fuera debidamente explicada. En la sentencia se explica que la principal característica de los bonos convertibles es que al inicio otorgan un interés fijo, mientras dura el bono, pero después, cuando el inversor se convierte en accionista del banco, la aportación adquiere las características de una inversión en renta variable, con el consiguiente riesgo de pérdida de capital invertido.
Frente a esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Guipúzcoa en el plazo de 20 días hábiles.
Dirección Letrado: José María Suso Vidal
Banco: Banco Popular
Producto: Bonos Convertibles
Perfil: Minorista
PDF: S_160321_BANCOPOPULAR_JPI5_DONOSTIA_BONOSCONVERTIBLES_SIN