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Banco Popular no presenta recurso ante una condena por swaps

La entidad ha declinado presentar recurso de apelación frente a una condena por comercialización bajo error y vicio en el consentimiento.

En este caso, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de El Prat ha estimado otra condena en firme al no haber presentado la entidad recurso de apelación. De este modo, la empresa que presentó demanda en enero de 2013, ha logrado vencer a Banco Popular.

Como suele suceder, el banco no cumplió con su obligación de ofrecer la máxima diligencia informativa a su cliente. De esta manera, la entidad eludió su responsabilidad de explicar los riesgos y funcionamiento del producto, presentando el swap como un seguro que cubriría frente a la subida del Euribor.

Asimismo, no se explicó nada en lo que concernía al coste de cancelación anticipada, una información que, dada la suma a la que podía ascender, era de vital importancia a la hora de formar el consentimiento a la hora de suscribir el contrato IRS.

Por último, pese a que la entidad afirmaba que se trataba de un producto muy sencillo, la redacción del contrato no parecía acompañar a esa simplicidad, pues  este estaba redactado de forma sumamente compleja y difícil de comprender por un cliente minorista.


Dirección Letrada: Óscar Serrano Castells.
Banco: Banco Popular.
Producto: Swaps.
Perfil: Pyme.
PDF:S_130218_BPOPULAR_JPI4_EL_PRAT_Diligencia_SENTENCIA_FIRME_130103_JPIE4_EL_PRAT_SL_SIN.pdf

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