El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Villacarrillo (Jaén) ha estimado la nulidad de un contrato swap de Banco Popular. El motivo de la condena ha sido la existencia de error y vicio en el consentimiento por falta de información precontractual.
La entidad, no ha mostrado alegaciones, declarándose en rebeldía, por lo que deberá reingresar las pérdidas generadas por el swap. Esto incluye el préstamo hipotecario que tuvo que pedir el afectado para hacer frente a la cancelación anticipada.
Dirección Letrada: Francisco Luís García Cerrillo.
Banco: Banco Popular.
Producto: Swap.
Perfil: Particular.
PDF:S_150728_BPOPULAR_JPI2_VILLACARRILLO_SWAP_PART_SIN.pdf