El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Oviedo ha condenado al Banco Sabadell, denominado Banco Herrero en Asturias, por la venta de swaps a cinco pequeñas empresas del sector inmobiliario. El juez califica las permutas financieras de contratos-trampa y la información facilitada en el momento de la contratación de escasa y muy deficiente. Sabadell tendrá que devolver a las pymes 232.309 euros.
La sentencia recoge que los swaps se firmaron entre 2006 y 2008 y se renovaron en 2009. Ante las desmesuradas liquidaciones negativas, el Banco Sabadell ofreció a las mercantiles una moratoria en los pagos de 2009 a 2010- a la espera de que el mercado evolucionase hacia posiciones más favorables. A cambio, se llevó a cabo una reestructuración de los contratos, que se traduce en la firma de nuevas permutas financieras. El juez no entiende por qué se otorgaron nuevos swaps en 2009 cuando los anteriores ya habían sido perjudiciales y las condiciones eran aún más dañinas que las de las permutas anteriores.
El Banco Sabadell defiende que la información que aportó a los clientes fue clara y suficiente y que los contratos Swap no son de difícil comprensión. En la sentencia se pone de manifiesto que es absolutamente imposible que el director de la sucursal, explicara en algo más de media hora que duró la reunión de contratación de los Swap, algo que a él los expertos tardaron horas en explicarle en un curso de formación sobre este tipo de productos. El juez estima muy contradictorio que el banco haya tenido que utilizar 23 páginas para intentar explicar cómo funcionan unos contratos que califica de sencillos y fácilmente comprensibles.
El tribunal considera que el Banco Sabadell actuó con manifiesta deslealtad al no informar correctamente a las pymes del funcionamiento de los Swaps, del cálculo de las liquidaciones y de los costes de la cancelación. Añade que esa información sesgada convirtió los swaps en verdaderos contratos-trampa, pues el cliente, una vez que experimenta sus negativos efectos económicos, no puede desembarazarse de ellos sin pagar elevadas sumas de dinero.
El Banco Sabadell ha sido condenado también por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Gijón por la venta de dos swaps a una empresa dedicada a la comercialización de cartuchos de tinta para impresora. La sentencia recoge que el Banco violó la normativa MIFID al no realizar ninguno de los tres tests obligatorios para la venta de estos productos a empresas minoristas. En Álava, la Audiencia Provincial número 1 también se ha proclamado en contra del Sabadell y la entidad tendrá que devolver 14.863 euros a una pyme.
B SABADELL.- 02/11/2011. JPI 3, Oviedo (5 pymes). Dirección letrada: David Mayo Álvarez, Mp&g abogados
B SABADELL.- 21/10/2011. JPI 3, Gijón (pyme). Dirección letrada: Espacio Legal
B SABADELL.- 24/11/2010. JPI 1, Vitoria confirmada el 31/10/2011 por la AP 1, Álava (pyme). Dirección letrada: Julio Méndez Arinas
Un comentario
Parece ser que hay jueces que hacen justicia………….. incluso despues de haber «restructurado la cobertura……………