El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Valencia ha estimado una nueva sentencia favorable a los afectados por la adquisición de Valores Santander.
El Juez declara la nulidad de la Orden de Suscripción de Valores Santander por importe total de 30.000 euros, con recíproca restitución de las prestaciones entre las partes y con imposición de costas a la parte demandada.
El dictamen pericial ha señalado que no se ha acreditado que se trate de una persona por cuya actividad financiera haya de presumirse la experiencia, conocimiento y cualificación necesarios para tomar sus propias decisiones de inversión y valorar correctamente sus riesgos [ ] Se trata de un cliente que hasta el año 2007 solamente había invertido en fondos de inversión del propio banco demandado
Por lo tanto, Banco Santander debería haber garantizado la máxima diligencia informativa, tal y como exige la Ley del Mercado de Valores (LMV) para la comercialización de productos bancarios complejos a clientes minoristas, ya que el producto fue ofrecido y recomendado por el propio banco cuando sabía que el cliente no cumplía el perfil de un inversor de riesgo.
De hecho, Banco Santander solo entregó como documento informativo el contrato de compra de valores, titulado Producto Amarillo y que no contiene ni la orden de suscripción de los valores, ni información específica respecto a estos. De este modo, el cliente, sin experiencia ni conocimientos, contrataba a ciegas un producto bajo la recomendación de su sucursal de confianza.
Por otra parte, resulta comprensible esta actitud si tenemos en cuenta que nos encontramos ante una emisión de valores concebida para obtener la captación de fondos para financiar una operación que no podía hacer con capital propio, por lo que tal producto era ofrecido de manera prioritaria, exponiéndose como una gran inversión a todas aquellas personas que ya habían sido predeterminadas (tal y como da a entender el empleado de la sucursal).
Dirección Letrada: Juan José Ortega García.
Banco: Banco Santander.
Producto: Valores Santander.
Perfil: Particular.
PDF:S_151027_BANCO_SANTANDER_JPI5_VALENCIA_VALORES_SANTANDER_PART_SIN.pdf