Banco Santander ha sido condenado por la comercialización de un swap sin facilitar una adecuada información sobre la situación del mercado y los riesgos que suponía para la empresa que contrato el IRS.
En este caso, la pyme si conocía la posibilidad de que la permuta generara perdidas en caso de bajada del Euribor por encima de una cifra preestablecida. El motivo de la demanda, es la ausencia de una simulación que presentara los riesgos en caso de una fluctuación de los tipos considerable.
La entidad sí realizó simulaciones, pero las hizo en escenarios en los que las variaciones de los tipos distaban poco de la cifra del Euribor por la que se pactó. Esto, sumado a la existencia de informes por parte del Banco Central Europeo que avisaban sobre la posibilidad de una caída en picado de los tipos, vislumbra una falta de diligencia informativa y protección por parte de Banco Santander hacia un cliente minorista.
El banco ha alegado que la pyme era catalogada como profesional financiera, ya que tenía experiencia con otros productos de inversión. El Juzgado ha estimado que pese a que esta afirmación es cierta, en ningún caso la empresa afectada firmó contratos financieros que reúnan las características y complejidad de la permuta. Además, la demandante no cumple los requisitos como para ser catalogada como profesional.
Por todo ello, el Juzgado de Primera Instancia número cinco de Cartagena ha estimado la nulidad del swap por error y vicio en el consentimiento. Si el afectado hubiera recibido una completa información acerca del alcance de los riesgos no habría suscrito el contrato.
Dirección Letrada: Félix Bernal Puebla.
Banco: Banco Santander.
Producto: Swap.
Perfil: Pyme.
PDF:S_130418_BSANTANDER_JPI5_CARTAGENA_PYME_SWAP_INFLACION_SIN.pdf