Nueva victoria para un socio de APYMIFID frente a Banesto. En este caso, el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Madrid ha estimado la nulidad de tres contratos de permuta financiera de tipos de interés debido a la existencia de error y vicio en el consentimiento por falta de información sobre el producto. La entidad deberá reembolsar unos 22.000 euros más los intereses devengados.
La pyme contrató en 2006 el primer swap bajo la creencia de que se trataba de un seguro frente a la subida de los tipos de interés. De hecho, así lo ofreció el empleado de la sucursal.
Confiado, volvió a contratar en 2007 otro contrato que canceló aparentemente sin coste el anterior. Todo bajo consejo de Banesto, que amplió en un año el contrato y aumentó el riesgo de la operación sin que el cliente lo supiera.
Como hasta entonces el anterior swap solo había supuesto un perjuicio inapreciable de 33 euros en liquidaciones negativas, el cliente no se percató de los inconvenientes del producto.
Banesto no ha podido demostrar que informara al afectado, cliente minorista, con la diligencia exigida por la normativa MIFID (a la que se sometió pese a no estar aún en vigor) y la Ley del Mercado de Valores. Tanto a la hora de informar sobre el funcionamiento del producto, como lo relativo al coste de cancelación (incomprensible para alguien que no sea un profesional financiero).
Dirección Letrada: Patricia Gabeiras Vázquez.
Banco: Banesto.
Producto: Swaps.
Perfil: Pyme (Apymifid)
PDF:S_141202_BANESTO_JPI7_MADRID_APYMIFID_PYME_SIN.pdf