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Barcelona condena a Catalunya Caixa por sus preferentes

El Juzgado de Primera Instancia número 57 de Barcelona ha condenado a Catalunya Caixa por la venta de participaciones preferentes a dos particulares sin informar correctamente sobre el producto, lo que les llevo a suscribir el contrato bajo error y vicio en el consentimiento.

Los afectados, un matrimonio, suscribieron en 2003 una compra de 18 participaciones preferentes por un valor total de 18.000 euros. Ya en 2006, volvieron a realizar otra compra de participaciones por la misma cantidad. Estos hechos acontecieron porque Catalunya Caixa ofertó el producto como un depósito fijo, garantizado, con liquidez absoluta y unos intereses superiores a cualquier otro producto.

Durante la contratación, la entidad no informó sobre los riesgos y verdaderas características del producto, tampoco se entregó ningún folleto informativo que permitiera a los clientes comprender el producto. Además, la directora de la sucursal ha declarado que cree que no se advertía de la posibilidad de perder el capital invertido, ya que no era probable en aquel momento.

Lo cierto es que el banco no entregó a los clientes documentación expresa sobre los riesgos de la operación con la suficiente antelación, ni el folleto informativo. Además, recomendó el producto sin tener en cuenta las necesidades y su perfil inversor.

Asimismo, la orden de compra confundía al cliente en lo que respecta a la complejidad y riesgo del producto ya que en esta se describe el producto como indicado para inversores de perfil conservador, que quieren asumir pocos riesgos o con un plazo de inversión muy corto.

Por otro lado Catalunya Caixa ha alegado que no era la emisora de las preferentes, sino que correspondían a Caixa Catalunya Preferential Issuances, por lo que no son responsables. Este argumento ha sido desestimado ya que La orden de compra no aparece designada a Preferential Issuances, solo su denominación. Por lo demás, en la orden aparece el membrete y la firma de Caixa Catalunya, y las comunicaciones informativas también se realizaron con esta denominación.

Por tanto, Catalunya Caixa no cumplió con su deber informativo, tal y como exige la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios y Ley de Mercado de Valores, por lo que deberá reembolsar la inversión que realizó su cliente.


Dirección Letrada: Arcadi Sala-Planell.
Banco: Catalunya Banc.
Producto: Preferentes.
Perfil: Particular.
PDF:S_131120_CCAT_CATBANC_JPI57_BARCELONA_PREFERENTES_PART_SIN.pdf

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