La Audiencia Provincial número 17 de Barcelona ha estimado la nulidad de un clip Bankinter suscrito por una S.A. El motivo de la condena ha sido la habitual falta de diligencia informativa por parte de la entidad, lo que llevó al afectado a suscribir el swap bajo error y vicio en el consentimiento.
El IRS fue ofrecido junto a una hipoteca como un seguro frente a la subida de los tipos de interés, sin que fueran explicados los riesgos y funcionamiento del mismo. Asimismo, existía una firme relación de confianza producto de los años que, junto a su condición obligatoria junto a la hipoteca, hicieron que el representante legal de la empresa lo aceptara sin cuestionárselo.
Asimismo, el contenido del contrato era complejo y poco definido, como muestra la vaga referencia sobre el valor del coste de cancelación anticipada, aludiendo simplemente a las condiciones de mercado.
Por ello, los Magistrados han condenado a Bankinter a que se reingreses las liquidaciones efectuadas, más los intereses devengados y que hagan frente a las costas procesales.
Dirección Letrada: Manuel Rodríguez Reguera.
Banco: Bankinter.
Producto: Swaps.
Perfil: SA.
PDF:S_151022_BANKINTER_AP17_BARCELONA_CONFIRMA_130603_JPI38_BARCELONA_SWAP_SA_SIN.pdf