El Juzgado de Primera Instancia nr. 5 de Santander ha dictado sentencia en la que se recoge el allanamiento de Barclays ante una demanda por un «Collar de Tipos de Interes».
El proceso para esta pyme no ha sido tan corto como podría suponerse. Primero presentó las correspondientes reclamaciones ante su oficina y el Servicio de Atención al Cliente. Posteriormente acudió a los tribunales de justicia. Llegados a este punto, Barclays plantea una declinatoria de competencia territorial considerando que el procedimiento debía tramitarse en Madrid ya que el Banco contratante es el británico Barclays Bank PLC, cuya única sede en España se encuentra en Madrid. La defensa se opuso alegando que el contrato se concertó en Santander en una oficina de Barclays Bank, por lo que, aunque el Barclays Bank PLC tuviera su domicilio en Madrid, las oficinas de Barclays Bank España S.A. son agentes de Barclays Bank PLC y se puede solicitar la nulidad en el domicilio de la oficina.
Una vez denegada la declinatoria, el Barclays dio por buenos los argumentos de la demanda y se allanó.
No obstante, El juez ha condenado en costas puesto que Barclays se había negado a atender la reclamación que la pyme había presentado ante el Servicio de Atención al Cliente; obligando a la misma a acudir a un proceso judicial con el coste de tiempo y dinero que ello supone.
Este allanamiento lo han conseguido Manuel Alonso-Villalobos Guereñu y Andres de Diego Martínez, ambos abogados con despacho en Santander. Como siempre les felicitamos y agradecemos su colaboración con ASUAPEDEFIN.
? BARCLAYS, 25/03/2011, JPI 5 Santander (pyme)