La Audiencia Provincial número 3 de Santa Cruz de Tenerife ha cancelado un Swap que el BBVA había firmado con una pequeña mercantil. La sentencia culpa a la entidad financiera de no haber informado de forma clara, veraz y completa al cliente, incumpliendo así la legislación. Este defecto en la información produjo una visión distorsionada de la realidad que llevó a la empresa afectada a sufrir cuantiosas pérdidas cuando el Euribor comenzó a desplomarse.
El magistrado hace hincapié en la confianza que los clientes sin conocimientos financieros depositan en las entidades financieras a la hora de contratar productos que, como los swap, están sometidos a la volatilidad del mercado y a la consecuente obligación de los bancos de asesorar a la clientela asegurándose de que entiendan los riesgos ligados a los swap.
El BBVA debió de proporcionar una información suficientemente clara al cliente para que entendiera las consecuencias negativas que para él tendría una caída de los tipos de interés. Además de no explicarse el funcionamiento del Swap respecto al mercado y la forma de cálculo de las liquidaciones, no se hace referencia en el contrato al coste de cancelación del producto, que ascendía a varios miles de euros.
Llama la atención que los Magistrados de la Audiencia consideren el nocional del swap como cuantía y, por tanto, den acceso a recurrir al Tribunal Supremo.
El BBVA también ha sido condenado por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Illescas y el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Gandía debido a la venta de Swaps. La entidad financiera acumula, con estas, 25 sentencias en su contra por la comercialización de permutas financieras.
BBVA.- 08/11/2010. JPI 2, Puerto de La Cruz confirmada el 02/06/2011 por la AP 3, Santa Cruz de Tenerife (S.A.). Dirección letrada: José Miguel Velázquez Perelló (AUSBANC)
BBVA.- 09/12/2011. JPI 1, Illescas (pyme). Dirección letrada: Zaballos Abogados Gestores, S.L.P.
BBVA.- 12/12/2011. JPI 5, Gandía (5 pymes). Dirección letrada: Antonio Luis Bruno Romero