[column size=one_half position=first ]» El empleado de la entidad reconoció que se falsearon los datos en el test de conveniencia. No hubo información pre contractual[/column]
[column size=one_half position=last ]»El juez anula los bonos del Popular, ordenando la restitución de prestaciones, intereses y costas[/column]
La parte actora pide la acción de nulidad de este producto tóxico, cuya compra tuvo lugar el 23 de octubre de 2009. Asimismo, que todo ello alcance las operaciones derivadas y el posterior canje de los títulos por otros del producto.
Por el contrario, el Banco Popular alega como excepción la existencia de la caducidad de la acción ejercitada. Sin embargo, el juez lo desestima atendiendo al criterio del TS. Por tanto, este plazo comienza a contarse desde la consumación del contrato y no desde su perfección.
Cuando se realizó el test de conveniencia se falsearon los datos. Se otorgaban al actor estudios financieros y un historial de contratación de productos financieros complejos. El empleado de la entidad reconoció en su declaración que no era cierta esta información, y que los estudios del actor eran de geografía. No hubo tampoco ninguna información precontractual.
Esta resolución se basa en la Sentencia del TS de 17 de junio de 2016, que clarifica la naturaleza de este producto. En definitiva, el carácter excusable supone que el error no sea imputable a quien lo sufre. En el presente caso, una vez producido el canje, es cuando el afectado pudo entender la pérdida sufrida y la índole del producto contratado.
No consta que hubiera información previa, y ni siquiera que la información que aparecía en la orden de compra del producto -pre redactada-, fuese adecuada.
La resolución concluye que la información facilitada a los afectados no cumplía los estándares de claridad, imparcialidad y transparencia exigidos. La declaración de nulidad produce efectos para el futuro y con carácter retroactivo. Esto conlleva la anulación de los cargos y abonos efectuados con ocasión del negocio jurídico anulado. Esto implica la restitución de las consiguientes prestaciones, con sus respectivos intereses. Todo ello con imposición de costas al Banco Popular
Dirección Letrada: José Antonio Ballesteros Garrido
Banco: Banco Popular Español
Producto: bonos convertibles, emisión de 2009
Perfil: Particular
Pdf: S_161124_BPOPULAR_JPI1_SIERO_BCONVERTIBLES_PART_SIN