El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Burgos ha estimado la nulidad de un contrato de compra de obligaciones subordinadas y su posterior canje por acciones de Bankia. La entidad deberá reembolsar al afectado los 100.000 euros que invirtió bajo la creencia de que su inversión estaba totalmente garantizada.
El banco no facilitó ningún folleto informativo sobre los riesgos y funcionamiento del producto. Solo consta la entrega del contrato deposito y administración de valores suscrito entre el cliente y Bankia, no hay documentos que acrediten que fue correctamente informado. Tampoco realizó una correcta evaluación del perfil del cliente, al no realizarse test de conveniencia.
Por tanto, Bankia deberá reembolsar los 100.000 euros invertidos por el cliente, más los intereses devengados y las costas procesales.
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Dirección Letrada: Óscar Molinuevo Díez.
Banco: Bankia.
Producto: Deuda Subordinada.
Perfil: Particular.
PDF:S_140731_BANKIA_JPI1_BURGOS_SUBORDINADAS_PARTICULAR_SIN.pdf