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Caixa Cataluña condenada en Barcelona por la venta de un Swap

El Juzgado de Primera Instancia número 39 de Barcelona ha declarado la nulidad radical de un contrato Swap que  Caixa Cataluña firmó con una mercantil. La entidad tendrá que devolver al cliente la totalidad de las liquidaciones derivadas de la permuta financiera. Caixa Cataluña vendió el producto como una “cobertura ante alza de tipos”  sin hacer mención a los riesgos ante una caída del euribor.

Caixa Cataluña. Oficina.La documentación que Caixa Catalunya entregó al cliente establece que el Swap “proporciona una protección óptima frente al riesgo de subida gradual y moderada de los tipos de interés”. Solo en una de las páginas del contrato aparece un ejemplo de lo que podría suponer una bajada del euribor para el cliente. El ejemplo no presenta escenarios de la cuantía que podría alcanzar la liquidación – varios miles de euros – en caso de una caída drástica del Euribor, como ocurrió a finales de 2008.

“Si EURIBOR 3M < 4’29% = > cliente paga la diferencia 4’29% – EURIBOR 3M”

La jueza ha dictado que el consentimiento del cliente a la hora de firmar el contrato estaba viciado pues “no puede considerarse suficiente la información facilitada al cliente”. Añade que el comercial de Caixa Catalunya que negoció el Swap “ni siquiera conocía el producto de forma que difícilmente podía informar correctamente al cliente de sus bondades y riesgos”. La sentencia obliga a Caixa Cataluña a devolver las liquidaciones derivadas del contrato Swap.

CAIXA CATALUÑA..- 29/07/2011. JPI 39, Barcelona (pyme). Dirección letrada: Felix Bernal Puebla

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2 comentarios

  1. ?-SI UN SWAP ES GRATUITO ¿DE DÓNDE SACA EL BENEFICIO DE LA CONTRATACIÓN CAIXA CATALUNYA (O CUALQUIER ENTIDAD)?

    Pueden decir lo que quieran, pero sólo hay una fuente de dinero para el Banco:
    -PUES DE LAS PÉRDIDAS DEL CLIENTE.

    La Banca puede cobrar una comisión por un servicio:
    -SI.
    La Banca puede cobrar una comisión por una prestación, cederte un dinero, comprar uns divisas, invertir en unas acciones, unos bonos, etc que pueden generarte un beneficio o prestación.
    -SI.
    PERO LO QUE NO PUEDE HACER ES CAZARTE EN UN CONTRATO EN EL QUE TE OBLIGA SIN SABERLO A APOSTAR EN CONTRA DE LAS PREVISIONES DE SUS ANALISTAS, QUE FECHA ARRIBA O FECHA ABAJO SON CERTEZAS: QUE EL EURIBOR IBA A BAJAR NOTABLEMENTE.
    Y QUE DADO QUE NO COBRABA NADA, POR NARICES SU BENEFICIO TENÍA QUE SER TU PÉRDIDA.

  2. TENGO EL MISMO PROBLEMA Y NO SE DONDE ACUDIR ¿ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR?

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