- CAIXABANK obligada a contraer, por su vinculación intrínseca y consentimiento por asunción de posición, los errores de BANKPIME.
- Nuevamente la información necesaria para poder adquirir los productos bancarios es incorrecta o directamente inexistente.
- Productos bancarios como Bonos Fergo Aisa, suponen «un serio riesgo de perder capital invertido» pero aún así son colocados a «clientes no cualificados».
La CAIXABANK ha recibido un nuevo batacazo en el juzgado L´Hospitalet de Llobregat. La razón ha sido porque nuevamente se ha habido un incumplimiento de sus obligaciones contractuales en referencia con los clientes que adquirían sus productos. Debido a que sus «obligaciones legales de diligencia, lealtad e información» en la venta de Bonos Fergo Aisa, han de pagar a los afectados los 56.000 euros, cantidad que representa el valor nominal de los Bonos en el momento de su adquisición. A esta suma de dinero se le suma una indemnización de 5.934,01 euros, considerada necesaria y justa para cubrir los costes que ha podido suponer a los afectados, como bien queda recogido en la sentencia.
Los Bonos, fueron adquiridos a BANKPIME (hoy en día conocido como IPME 2012 SA) cuyo negocio bancario fue transmitido a CAIXABANK, y por tanto la responsabilidad frente a los demandantes y los productos adquiridos por ellos. A pesar de cruce de acusaciones entre las dos entidades bancarias, sendas alegando que la responsabilidad era o del cliente o del otro, ninguna de las dos asesoro adecuadamente al cliente, a pesar de ser un producto financiero «complejo» así como «de serio riesgo».
La parte demandada ofrecía un 5% de rendimiento (en el 2006), cuando el interés legal del dinero realmente era del 4%. A este dato se le puede añadir que el producto contratado no ofrecía en ninguna instancia una alta rentabilidad equiparable al riesgo asumido por los clientes «no cualificados». A pesar de que esta información era conocida por las entidades, tanto la que empezó, como la que asumió y acabó siendo responsable de los instrumentos con los que manejaba su cliente, no consta ningún documento, ni advertencia entre el demandante y el demandado. Por lo que en resumidas cuentas, de nuevo la información, atención e incluso cuidado suministrado por CAIXABANK, y su antecesor BANKPIME, puede clasificarse como precaria.
Dirección Letrada: Oscar Serrano
Banco: CAIXABANK y BANKPIME
Producto: Bonos Fergo Aisa
Perfil: Particular
PDF: S_150114_CAIXABANK_JPI4_L´HOSPITALET_BONOS_SIN.pdf