Tercera condena contra Caja Madrid (Bankia) por la comercialización opaca de 2 derivados financieros. La jueza declara la nulidad radical del préstamo de 40.000 otorgado por Caja Madrid para cancelarlos.
Novedosa esta sentencia en la que no sólo de solicitó la nulidad de los 2 SWAPS sino también la nulidad del préstamo concedido para la cancelación de los derivados. Esta es una de las ‘soluciones’ que ofrecen los bancos cuando el cliente manifiesta su disconformidad con el producto contratado y son muchos los clientes que aceptan resignados esta solución. La Magistrada Juez Guillermina Mongil San José lo considera del todo abusivo y condena a Caja Madrid a devolver las liquidaciones abonadas por cada derivado (6.814,21 y 6.117,79), así como las cancelaciones cobradas del préstamo por cada uno de los productos (16.222 y 23.100) así como los gastos originados por la concesión del préstamo.
Para emitir esta sentencia, la Magistrada considera que «ha resultado enormemente esclarecedor el informe emitido por el perito de la parte actora Don Jesús Contreras Páez, cuya solvencia profesional ha resultado acreditada en el acto del juicio, sin duda debido a su cualificación profesional, economista en ejercicio, profesor asociado de Economía Financiera en la Universidad de Carlos III de Madrid con experiencia profesional en el ámbito bancario, dedicado durante los cinco últimos años a la atención de consultas y asesoría en reclamaciones en el ámbito financiero a través de la OCU y como profesional independientes, cuyas conclusiones hace suyas esta juzgadora al ser el resultado de un examen exhaustivo y detallado de los contratos bancarios suscritos entre las partes.»
La sentencia nos ha sido defendida por el letrado David Gonzalez Salinero y como decimos, el perito financiero, Jesús Conteras Páez.
? CAJA MADRID.- 23/03/2011, JPIeI 3 Zamora (pyme)