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La mujer realizó hasta cinco compras de preferentes por diferentes valores
El Juzgado de Primera Instancia de Barcelona ha estimado dar la razón a una anciana de 79 años en su pleito frente a Catalunya Banc por la compra de preferentes. La sentencia ha aclarado que la actuación de la entidad fue del todo incorrecta al tergiversar la realidad del producto que finalmente terminó contratando la demandante, una anciana de avanzada edad sin estudios ni profesión concreta que a lo largo de su vida no ha tenido empleo asalariado al haber dedicado su vida a las tareas domésticas y al cuidado de su familia.
La actora vendió dos propiedades por valor de 100.369 euros. Desde la entidad bancaria se le vendió a la demandante un producto seguro, con disponibilidad inmediata y que en ningún momento comprometía el capital invertido. Además, desde el banco se instó a la mujer que el producto ofertado era para clientes especiales y en ningún momento, durante las reuniones entre ambas partes, se le dio información escrita de ningún tipo.
Al final, se ha estimado las pretensiones de la demandante ya que Catalunya Banc ha pecado de vicio en el consentimiento, faltando información acorde al perfil de la persona inversora, y vicio en cuanto al objeto que es materia en el contrato, ya que la anciana pensó que estaba contratando un producto que no tenía nada que ver con lo que al final contrató.
Dirección Letrada: José Juan Andújar Santos
Banco: Cataluña Banc
Producto: Preferentes
Perfil: Minorista
PDF: S_140724_CCAT_JPI41_BARCELONA_PREFERENTES_PARTICULAR_SIN