El Juzgado de Primera Instancia número 21 de Barcelona ha condenado a Catalunya Caixa por la comercialización irregular de participaciones preferentes a una cliente particular minorista. La Juez ha estimado la existencia de error y vicio en el consentimiento por falta de diligencia informativa hacia el cliente, tal y como exige la Ley del Mercado de Valores para la comercialización de productos financieros complejos.
A su juicio, la demandante suscribió la orden de compra de las preferentes bajo el convencimiento de que era un producto seguro, conservador, líquido y garantizado en todo momento. La Juez hace especial hincapié en cómo la publicidad del producto daba a entender que la inversión estaba siempre garantizada.
La entidad no ha podido mostrar siquiera las órdenes de compra, ya que ha afirmado que no las conserva.
En cambio, si existe constancia de que la demandada solicitó un depósito a plazo fijo, no participaciones, por lo que al no haber órdenes de compra, se considera que la cliente jamás dio el consentimiento para contratar las preferentes.
De este modo, Catalunya Caixa deberá reembolsar los 27.000 euros que invirtió la demandante en las participaciones.
Dirección Letrada: Araceli Requena Raya.
Banco: Catalunya Caixa.
Producto: Preferentes.
Perfil: Particular.
PDF:S_150427_CATALUNYACAIXA_JPI21_BARCELONA_PREFERENTES_PART_SIN.pdf