Según la sentencia, el director de la sucursal recurrió al engaño y la coacción para conseguir la firma del cliente. La declaración que hizo el particular, clave para que la jueza anulase el contrato. Ya son 91 sentencias las que tiene en su contra el Banco Popular.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Hellín (Albacete) ha anulado la contratación de una permuta financiera de tipos de interés (IRS) por parte de un particular con el Banco Popular. La jueza ha tenido en consideración que el banco no prestó toda la información debida y que, además, engañó y coaccionó al cliente para que firmase el swap.
Según se recoge en la sentencia, el cliente confío en lo que le dijo el director de la sucursal, que era un producto bueno y que estaba firmando una cobertura frente la subida de tipos de interés. Además, el director le aseguró que no se vería afectado por una posible bajada de los tipos de interés, siendo el producto totalmente gratis para el contratante, si subían los intereses el diferencial lo pagaba el Banco y que si bajaban se quedaba como estaba. La jueza considera que esto era mentira ya que el swap tenía un alto riesgo con tintes especulativos.
Por otra parte, la jueza ha afirmado que el cliente sufrió coacciones por parte del banco ante la reticencia de firmar el producto, a lo que el director de la sucursal le afirmó que al cliente nunca se le piden explicaciones cuando quiere pedir una póliza de crédito. Además, la información aportada por el banco al cliente, que posee un nivel académico de 2º de ESO, no fue la suficiente para que se hiciese una idea de lo que iba a contratar. Como se puede leer en la sentencia, el banco le aportó información entre 20 y 25 minutos, pero en ningún caso sin presentarle ejemplos ni explicaciones matemáticas, así como tampoco se le mencionó que pudiera tener pérdidas.
Según la sentencia, el discurso del cliente fue coherente y sin vacilaciones ni contradicciones. No así el del director de la sucursal, que está lleno de contradicciones. En un primer momento afirmó que se le hizo entrega de folletos informativos al cliente; sin embargo, posteriormente, negó que tuvieran folletos y que la información relativa a esos productos la ofrecía él personalmente.
Esta sentencia se suma a la confirmada por la sala primera de la Audiencia Provincial de Orense por la venta de otro swap a un particular.
Dirección letrada: Francisco Alarcón Botella
Perito: No se aportó
Banco: Banco Popular, S.A.
Producto: IRS
Perfil: Particular
Un comentario
¡Qué verguenza!