El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Córdoba ha estimado la reclamación de reembolso de las comisiones de devolución de efectos aplicadas por Banco Sabadell a uno de sus clientes. La entidad deberá reembolsar 14.508 euros más intereses.
La afectada, al descontar o negociar efectos comerciales o ser cedidos los créditos comerciales con los que cobraba sus servicios, habría percibido una comisión de descuento y unos intereses por el anticipo de liquidez por parte de la entidad hasta la fecha de vencimiento de esas deudas. Cuando el banco no podía llevar a cabo el cobro, devolvía estos efectos y cobraba una comisión.
La Juez ha estimado la reclamación de devolución de las comisiones cargadas, porque no se pactó expresamente el importe de dicha comisión en el contrato y porque no se prestó un servicio real y efectivo que justifique el cobro de las comisiones.
La inexistencia de servicio se debe a que ya estaba negociado en la gestión de los cobro de efectos. Es decir, Banco Sabadell no puede cargar un extra por un servicio que ya estaba estipulado dentro del contrato.
Dirección letrada: Javier de la Torre Aguilar.
Banco: Banco Sabadell.
Producto: comisiones devolución efectos.
Perfil: Pyme.
PDF:S_150514_BANCOSABADELL_JPI6_CORDOBA_COMISION_DEVOLUCION_PYME_SIN.pdf