El primer tramo de esta línea de avales está dotado con 8.000 millones de euros
Se han publicado en el BOE los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales ICO concedidos a empresas y autónomos para financiar inversiones, facilitar el mantenimiento del empleo y paliar los efectos económicos de la crisis sanitaria por la COVID-19.
¿Qué dotación tiene esta línea de avales?
El Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo, señala que esta línea de avales está dotada con 40.000 millones de euros.
¿Qué características tiene el primer tramo de esta línea de avales?
Este primer tramo está dotado con 8.000 millones repartidos de esta manera: 5.000 millones destinados a autónomos y pymes y 3.000 millones para el resto de empresas. Estas ayudas se podrán solicitar hasta el 1 de diciembre de 2020 y los beneficiarios estarán obligados a usar esta financiación para:
- Inversión nueva dentro de territorio nacional que tendrá que realizarse en los 24 meses siguientes a la formalización del préstamo
- Gasto corriente y de capital asociado o destinado a la adquisición, alquiler o leasing para la ampliación, adaptación o renovación de capacidades productivas y de servicios o para el reinicio de la actividad.
- Estarán incluidos la creación y mantenimiento de empleo, equipos, o instalaciones, suministros de materiales y bienes y servicios relacionados y gastos en I+D+i, entre otros.
- Las necesidades de financiación que se deriven de pagos de salarios, facturas o vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.
Se tramitarán a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) y se mantendrá el modelo de colaboración público-privada con las entidades financieras. Las empresas que soliciten esta financiación no podrán tener su sede en paraísos fiscales y los recursos no podrán emplearse para el pago de dividendos.
CONSULTA EN EL BOE LOS REQUISITOS PARA ACCEDER A ESTA LÍNEA DE AVALES ICO
El aval garantizará el 80% de las nuevas operaciones de autónomos y pymes y el 70% de los préstamos solicitados por el resto de empresas. Se amplía hasta ocho años (frente a los cinco de la línea de liquidez) el plazo máximo de cobertura del aval, para ajustarlo al mayor plazo de amortización que requieren las inversiones.
Derechos y obligaciones de las entidades financieras
- La entidad financiera decidirá sobre la concesión de la correspondiente financiación al cliente de acuerdo con sus procedimientos internos y políticas de concesión y riesgos.
- Las entidades financieras aplicarán los mejores usos y prácticas bancarias en beneficio de los clientes y no podrán comercializar otros productos con ocasión de la concesión de préstamos cubiertos por este aval público ni condicionar su concesión a la contratación por parte del cliente de cualesquiera otros productos de la entidad.
- Los costes de los nuevos préstamos que se beneficien de estos avales se mantendrán en línea con los costes cargados antes del inicio de la crisis de la COVID-19, teniendo en cuenta la garantía pública del aval y coste de cobertura y por lo tanto, en general, deberán ser inferiores a los costes de los préstamos y otras operaciones para la misma tipología de cliente que no cuenten con el aval. El cumplimiento de esta condición será supervisado por el ICO.
- Las entidades no podrán cargar ningún coste financiero o gasto sobre los importes no dispuestos por el cliente.
- Los bancos se comprometen a mantener al menos hasta 30 de diciembre de 2020 los límites de las líneas de circulante concedidas a todos los clientes y en particular, a aquellos clientes cuyos préstamos resulten avalados.
- También señalarán en sus sistemas de contabilidad y de gestión del riesgo estas operaciones, con el fin de facilitar su trazabilidad. Posteriormente, incorporarán esta señalización en su declaración a la Central de Información de Riesgos, siguiendo a tal efecto las instrucciones del Banco de España.