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El JPI 4 de Villalba ha resuelto que, en tanto que Credifimo ya no es el titular del préstamo, no tiene legitimación para reclamarlo
La titulización es una técnica financiera que realizan los bancos mediante la cual transfieren los derechos de créditos de un cliente de la entidad a un tercero. En un primer momento, el banco tiene la titularidad de los derechos del producto que contrata el cliente, por lo que la entidad juega con esos títulos o valores y los transfiere a un mercado organizado donde se negocia con ellos. Es así como los derechos del crédito los adquiere un tercero que ha pagado por ellos. De esta manera, el banco pierde no sólo la titularidad del crédito, sino su derecho a reclamar cualquier cantidad económica al cliente puesto que ya no posee la titularidad del producto.
En este caso, el Juzgado de Primera Instancia nr. 4 de Collado Villalba estima en su totalidad la oposición a la ejecución por falta de legitimación activa de Credifimo para la acción hipotecaria. La falta de legitimación se declara debido a que Credifimo en febrero de 2015 cedió el crédito hipotecario del afectado a favor de un tercero, en éste caso un Fondo de Titulación de Activos para el préstamo. Al ser el fondo de titulación el que posee la hipoteca del afectado, Credifimo no tiene derecho a reclamar el préstamo prestado.
La titularidad del crédito es la que determina la facultad de llevar el proceso, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la ley de Enjuiciamiento Civil. Por tanto, la cesión completa del crédito hipotecario determina que el cesionario ocupa el lugar que ocupaba antes Credifimo. Las costas del juicio las deberá de pagar el demandante, que en este caso es Credifimo.
ASUFIN ha abierto una nueva sección en su base de datos para informar sobre los casos de ejecuciones hipotecarias o reclamaciones de préstamos impagados que se han titulizado.
Dirección Letrada: desconocido
Banco: Credifimo
Producto: Titulizaciones
Perfil: Minorista
PDF: A_160311_CREDIFIMO_JPI4_VILLALBA_TITULIZACION_LEGITIMACION_SIN.pdf