La entidad recibe dos nuevas sentencias condenatorias por la colocación de swaps a clientes minoristas. Los afectados son un cliente particular y una sociedad anónima.
Bankia recibe dos nuevas condenas en primera instancia por la venta de swaps durante los años 2.007, 2.008 y 2.009 en la Comunidad de Madrid. La entidad colocó estos productos a clientela con un perfil no apto (sin conocimientos financieros específicos) y no les informó de los riesgos que implicaban. Se trata en el caso de la primera sentencia de un vecino de la localidad madrileña de Alcorcón, que suscribió el contrato en su entidad bancaria de confianza, la misma en la que tenía contratada su hipoteca. El segundo caso a afectado a una empresa madrileña de la automoción. Se trata de un taller mecánico cuyo dueño contrató en el año 2.007 lo que él consideraba un «seguro de cobertura».
Ambas contrataciones se produjeron como complemento a un préstamo hipotecario, para «prevenirse de subidas del Euribor». Esa era la mitad del contrato. No se les dijo nada desde la entidad, en cambio, de lo que sucedería si los tipos de interés bajaban (como ya se intuía desde el sector financiero en el momento de la suscripción de estos productos). La justicia entiende que esta manipulación supone un vicio en el consentimiento, y que por tanto los contratos son nulos. Con la nulidad de pleno derecho de sus contratos, los afectados podrán recuperar todas las liquidaciones negativas producidas frente al banco, además de quedar desvinculados del contrato.
Banco: Bankia
Producto: Swaps
Perfil: Particular
Dirección letrada: D. Marcelino Tamargo
PDF: S_131014_BANKIA_JPI1_ALCORCON_PART_SIN.pdf
Banco: Bankia
Producto: Swaps
Perfil: Particular
PDF: S_140314_BANKIA_CMADRID_JPI84_MADRID_PART_SIN.pdf
Banco: Bankia
Producto: Swaps
Perfil: Sociedad Anónima
PDF: S_131120_BANKIA_JPI21_MADRID_SA_SIN.pdf