El equipo de Asuapedefin ha logrado otra victoria a favor de dos asociados que no recibieron la información previa necesaria antes de suscribir el contrato.
Asuapedefin ha logrado que un matrimonio anule su Contrato de Intercambio de Tipos/ Cuotas con Bankinter, además de restituir unos 7.000 euros que el banco recibió por parte de los afectados como liquidaciones del contrato. Para el juzgado, el matrimonio firmó el producto bajo circunstancias de vicio y error en el consentimiento.
Para el Juzgado de Primera Instancia número 18 de Madrid, Bankinter no cumplió con los clientes el deber informativo que la legislación vigente, la Ley del Mercado de Valores. El banco no ha podido demostrar que proporcionase a su cliente la información necesaria para conocer las características y el alcance del producto que estaba contratando.Tampoco señaló los riesgos que comportaba la contratación de un swap ante una posible caída de los tipos de interés.
Además, Bankinter fue el que ofreció a su cliente la contratación del clip hipotecario por vía telefónica, justo en un momento en el que los intereses se encontraban en una tendencia al alza y que podía alarmar a los contratantes de préstamos.
Por último, la juez ha destacado la necesidad por parte de la entidad de informar sobre la fórmula de cálculo del coste de cancelación. El banco debería haber especificado y expuesto ejemplos de cómo se ejecutaba la cancelación anticipada. El contrato alegaba a las condiciones del mercado de tipos de interés como referencia para calcular el coste de cancelación anticipada.
Dirección Letrada: Patricia Gabeiras.
Banco: Bankinter.
Producto: Intercambio.
Perfil: Particular.
PDF:S_130916_BANKINTER_JPI18_MADRID_ASUAPEDEFIN_PART_INTER_SIN.pdf