La Audiencia Provincial número 5 de Las Palmas de Gran Canaria ha revocado la sentencia que negaba la anulación de un contrato swap de Bankinter.
El swap fue comercializado a una pequeña empresa en 2007. El producto se presentó como una cobertura ante la posible subida de los tipos. Más tarde, en 2008, el producto fue revisado por iniciativa de la entidad para mejorarlo.
El anterior Juzgado no estimó la nulidad por error y vicio alegando que el afectado era un empresario con dilatada experiencia. La Audiencia no comparte este criterio; considera que el tener experiencia en la administración de empresas no significa que entienda un producto financiero complejo como el IRS.
También revocan la sentencia por afirmar el anterior juez que el cliente había recibido suficiente información. Para el Juez no existen pruebas suficientes que demuestren que se elaboró una adecuada explicación de los términos y riesgos del producto. Además, considera la redacción del contrato ambigua y oscura; impide la comprensión de los costes de cancelación al referirse a la situación del mercado.
En Oviedo, la Audiencia Provincial número 6 de Oviedo ha confirmado la condena a Bankinter por la venta de swaps a dos particulares. Como es habitual, el Juez ha confirmado la existencia de error y vicio en el consentimiento por no cumplir con el deber de diligencia informativa hacia el cliente minorista.
Banco: Bankinter
Producto: Swap
Perfil: S.L
PDF:S_120514_BANKINTER_AP5_LAS_PALMAS_DE_GRAN_CANARIA_REVOCA_101104_JPI16_LAS_PALMAS_DE_GRAN_CANARIA_VALIDEZ_PERMUTA_S.L..PDF
Banco: Bankinter
Producto: Swap
Perfil:Particular
PDF:S_120430_BANKINTER_AP6_OVIEDO_CONFIRMA_110727_JPI10_OVIEDO_NULIDAD%20PERMUTA_2PART.PDF