Los Juzgados de Alcorcón han declarado la nulidad de dos permutas financieras comercializadas por Bankia.
El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Alcorcón ha condenado a Bankia por colocar un swap a un particular minorista sin que este recibiera la información sobre los riesgos del producto antes de la suscripción del producto.
El afectado adquirió la permuta financiera de tipos de interés en 2007. Bankia le explicó que se trataba de un seguro de cobertura gratuito que le cubría de las subidas del Euribor, reduciendo los riesgos de su crédito hipotecario. En ningún momento se le hablo de los riesgos que asumía con el producto en caso de bajada de los tipos.
En 2009 le llegó la primera liquidación negativa, a la que le sucedieron varias liquidaciones negativas por valor de miles de euros. Tras acumular una gran cantidad de pérdidas a consecuencia del producto, el demandante decidió cancelar el producto por 15.950 euros.
La sentencia condena la falta de información y estima que es necesaria una explicación adicional para entender el contrato en caso de que no se posean conocimientos financieros específicos, como en el caso, dada la complejidad y el riesgo que suponen este derivado financiero.
Asimismo, estima que se deberían haber mostrado los diversos escenarios que podían plantearse, la información sobre el grado de probabilidad de que los tipos siguieran subiendo y hasta que importe era razonable que estos subieran. También se debería haber informado sobre la previsión que manejaba el banco acerca de la evolución de los tipos y, de este modo, poderlo contrastar con un especialista dada la complejidad y vaguedad de los términos del contrato.
Por último también se destaca la falta de información sobre la cláusula de cancelación anticipada, la cual era oscura y no fue explicada durante la contratación.
El Juzgado número cinco de esta misma ciudad ha condenado a Bankia por los mismos motivos.En este caso, una pyme dedicada a la informática adquirió el producto como un seguro.
Cuando llego la primera liquidación, de más de 500 euros, el propio director de la oficina no supo explicarle el motivo al que obedecía, por lo que el cliente supuso que sería el pago de una prima, pero en la siguiente liquidación, de 5.000 euros, por fin se percató del origen del cargo en su cuenta, sintiéndose estafado.
Como datos destacables, el director de la sucursal no supo realizar simulaciones de diversos escenarios de actuación del swap durante el jucio.
El informe del perito apunta a la falta de compensación entre las partes dentro del contrato, ya que entre 2007 y 2012 la liquidación máxima que tendría que haber abonado el banco era de 52 euros, mientras que la del cliente podía superar los 6.000.
Dirección Letrada: Marcelino Tamargo Menéndez.
Perito: Salvador Sánchez Toledo.
Banco: Caja de Ahorros y Monte de Piedad (Bankia).
Producto: Swaps.
Perfil: Particular y pyme.
PDF JPI6:S_130218_CAJAAHORROSYMONTEPIEDAD_JPI6_ALCORCON_particular_SIN.pdf
PDF JPI5:S_130327_CAJAAHORROSYMONTEPIEDAD_JPI5_ALCORCON_pyme_SIN.pdf