El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Mérida declara la nulidad de la cláusula de gastos suscrita con Banco Popular por abusiva
Desde ASUFIN interpusimos una demanda contra Banco Santander como sucesor del Banco Popular, en defensa de los intereses de dos de nuestros asociados. En dicha demanda ejercitábamos una acción de nulidad de la cláusula de gastos hipotecarios contenida en el contrato de préstamo hipotecario suscrito entre las partes en 1998, además, de la restitución de las cantidades abonadas de más.
Por su parte, Banco Santander, se opuso a la demanda alegando la prescripción de la acción. Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Mérida declara la nulidad de pleno derecho de la cláusula de gastos y condena a Banco Santander a reintegrar a nuestros asociados el 50% de los aranceles notariales y el 100% de los gastos de gestión, tasación y registro.
En primer lugar, este juzgado que el plazo de prescripción de esta acción no puede comenzar a contar hasta que esta haya sido declarada nula. En cuanto a la cláusula de gastos señala que es nula ya que se trata de una condición general de la contratación que no fue individualmente negociada y que se impuso la totalidad del pago a nuestros asociados. Y, por lo tanto, se deben de tener por no puestos.
Es por todo ello, que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Mérida estima íntegramente nuestra demanda, declara la nulidad de las cláusulas de gastos contenida en la hipoteca suscrita con Banco Santander por abusiva y condena a la entidad a reintegrar las cantidades correspondientes al 50% de los aranceles notariales más el 100% de los gastos de gestión, tasación y registro según lo establecido en la doctrina del Tribunal Supremo. Además, imponer al Banco Santander el pago de las costas causadas por este procedimiento.
Producto: Gastos Hipoteca
Juzgado: Juzgado Primera Instancia e Instrucción 2, Mérida
Dirección Letrada: Carlos Arjona Pérez
Fecha: 01.12.2021
Entidad: Banco Popular/ Banco Santander