[column size=one_half position=first ]»El juez ordena a Caixabank que devuelva los gastos de notaría, registro y AJD e impone las costas al Banco[/column]
[column size=one_half position=last ]» Se declara la cláusula abusiva por desequilibrio en las partes y por no acreditarse que fuera objeto de negociación[/column]
Los juzgados españoles tienen ahora sobre sus mesas mas de 8000 reclamaciones de gastos de hipoteca. Según el banco de España, podrían alcanzar la cifra de 30.000 al terminar el año. La sentencia del Supremo declarando abusivo que se atribuyan todas los gastos del préstamo al consumidor está dando ya sus frutos.
El Juzgado de Primera Instancia Nº4 de Mérida acaba de condenar a Caixabank a devolver todos los gastos de hipoteca a una extremeña. En total, la entidad tiene que devolver 981,71 euros, correspondientes a 151,85 de Registro, 428,47 de Notaría y 401,39 de Actos Jurídicos Documentados.
Es la primera sentencia que se dicta sobre gastos en Mérida, y abrirá, sin duda, el camino de otras demandas que esperan juicio.
Dice la sentencia que corresponde probar a la entidad bancaria prestamista, Caixabank, que un contrato celebrado con un consumidor ha sido objeto de negociación individual: » En el presente caso no se ha practicado prueba alguna acreditativa de dicha negociación».
En el pacto quinto del contrato, firmado por la afectada, se recoge que es la consumidora quien asume el pago de todos los gastos que se originen. También los de la cancelación, así como los honorarios de letrado y procurador en caso de reclamación judicial. Es claro para el juez que esta cláusula ha sido redactada uniletaralmente por el banco y que ha sido impuesta.
Además, el juez entiende que la garantía se adopta en beneficio del que presta el dinero, por lo que hay un desequilibrio relevante en las obligaciones de ambas partes. Existió, además, una imposición con infracción de los deberes de información, por lo que estima que debe declararse la nulidad de las cláusulas de gastos.
El letrado ha basado su demanda razonando por qué cabe acoger la pretensión de devolución de todo, sin entrar en el debate sobre el sujeto pasivo del impuesto. El juez ha basado su sentencia en reconocer el carácter de consumidora de la afectada (la compra era para vivienda habitual) y en el desequilibrio entre ésta y un profesional (Caixabank). Recogiendo la sentencia del Tribunal Supremo entiende que hay abusividad y, por tanto, corresponde anular dicha cláusula y devolver el importe de esos gastos a la mujer.
Desde ASUFIN felicitamos al letrado que ha conseguido esta importante victoria en la capital extremeña. Estos éxitos nos animan a todos a seguir luchando para acabar con los abusos bancarios, en este caso para que los bancos asuman que deben devolver los gastos cobrados indebidamente.
Dirección Letrada: Carlos Fidalgo Gallardo
Banco: Caixabank
Producto: Gastos Hipoteca
Perfil: Particular
Pdf: S_170911_CAIXABANK_JPI4_MERIDA_GASTOS_HIPOTECA_PART_SIN
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