[column size=one_half position=first ]» Un socio de ASUFIN, camionero de profesión, gana a la entidad que le colocó una Hipoteca Multidivisa[/column]
[column size=one_half position=last ]» Catalunya Caixa, ahora BBVA, deberá dejar referenciado el préstamo en euros, devolverá 63.426,07 y abonará las costas procesales [/column]
El afectado, camionero de profesión y socio de ASUFIN, contrató su hipoteca con Catalunya Caixa en mayo de 2007. El capital de dicho préstamo ascendía a 230.000 y estaba referenciado a yenes japoneses. El demandante supo de la existencia esta hipoteca mediante un conocido, quien le dijo que su hermana había firmado una hipoteca con las cuotas más baratas. Tras esto, fue un empleado de la entidad quien llevó a cabo comercialización de esta hipoteca.
El afectado sostiene que en el momento de la firma desconocía totalmente los riesgos de la operación; incluso desconocía el hecho de que en su hipoteca entrase en juego algún tipo de moneda extranjera. Ni tan siquiera en los recibos mensuales del pago de la hipoteca se hacía mención alguna a moneda extranjera. Con el tiempo, las cuotas mensuales comenzaron a crecer y llegó un momento en el que el demandante no pudo hacer frente a dichos pagos. En virtud de esto, se firmó una novación contractual que ampliaba el plazo de duración del préstamo. El resultado es que tras 9 años de amortización y pese a haber pagado 95.577,03 ahora debe 246.341,95 , más de lo que pidió.
La multidivisa le ha supuesto un perjuicio de 63.426,07 en comparación con una hipoteca tradicional.
En este sentido, quedó probado que el afectado nunca fue consciente de que al firmar esta hipoteca asumía un gran riesgo; el del tipo de cambio y que este no solo afectaba al tipo de interés, sino a todo el capital pendiente de amortizar. Asimismo, la Sentencia señala que el demandante carece de conocimientos financieros específicos en materia de contratación bancarias. De este modo, ninguna de las pruebas aportada por el banco pudo probar lo contrario.
En consecuencia, procede la estimación de la demanda presentada por ASUFIN en defensa de su socio. El préstamo hipotecado deberá subsistir, pero referenciado al Euribor. La parte demandada deberá abonar la cantidad en la que ha resultado perjuidicado el demandante por la utilización de la cláusula, que asciende a 63.426,07. A todo ello se le añade el abono del interés legal desde la fecha de cada cobro y las costas.
El fallo no responde a lo solicitado en la demanda porque devuelve lo pagado de más pero no obliga a recalcular el préstamos desde su inicio. Por ello, se ha pedido aclaración de sentencia. En cualquier caso se trata de un éxito de la asociación y de nuestro abogado colaborador, Benjamín Prieto Clar.
Dirección Letrada: Benjamín Prieto
Perito: Nuria García Pascual
Banco: Catalunya Caixa (BBVA)
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Minorista / Socio ASUFIN
Pdf: S_170411_CCAIXA_BBVA_JPIEI1_LLIRIA_HMD_ASUFIN_SIN