[column size=one_half position=first ]Un juzgado de Madrid condena a Bankinter a anular la cláusula multidivisa de una pareja de ASUFIN, cuyo perjuicio económico ascendía a 31.260,45 euros. [/column]
[column size=one_half position=last ]La pareja canceló la hipoteca de su vivienda y contrató un crédito de 191.000 euros con Bankinter que no les advirtió de que el capital fluctuaba con la divisa.[/column]
Asufin se ha convertido, definitivamente, en el azote de Bankinter. Una nueva sentencia, esta vez del Juzgado de Primera Instancia Nº42 de Madrid, condena a esta entidad a anular la cláusula multidivisa de dos de nuestros asociados. La juez encuentra que el clausulado multidivisa no es claro ni comprensible con su sola lectura.
Tras un exhaustivo análisis de las pruebas, la magistrada condena a Bankinter a proceder a la nulidad de la cláusula multidivisa y a dejar de aplicar dicho clausulado y rehacer el cuadro de amortización. Los cálculos se harán referenciando todo el crédito a euros desde la firma, y los intereses, al Euribor más el diferencial consignado.
La pareja de ASUFIN se acercó a Bankinter a pedir información sobre esas hipotecas tan ventajosas de las que les hablaron en el trabajo. Ellos tenían ya contratada una hipoteca con otro banco, pero con la subida del euribor el pago de las cuotas les resultaba muy gravoso. Bankinter les ofreció un crédito de 191.000 euros en una hipoteca referenciada a yenes japoneses.
Los socios de ASUFIN negaron ante la juez que se les hubiera informado de los riesgos ni que se les hubieran hecho simulaciones de escenarios negativos. En la vista no pudo considerarse probado que las explicaciones del empleado fueran transmitidas con contundencia y claridad. Nada acredita que el día de la firma los afectados fueran conscientes de los riesgos de contratar este tipo de producto.
Los asociados de ASUFIN no tienen formación específica en mercados financieros. Bankinter debió considerar sus perfiles como no convenientes para este producto de riesgo
La pareja no tiene formación específica en mercados financieros ni de divisas. A ellos les entregaron euros y sus ingresos son en euros lo que les convierte en perfiles no convenientes, según la pericial. Esa no conveniencia se cuantifica en un perjuicio de 31.260,45 euros en el momento de interposición de la demanda.
Bankinter argumentó que todo fue transparente y que el notario leyó el contrato, por lo que fueron conscientes de lo que firmaban. La juez entiende que esa lectura por el notario no suple el deber de transparencia del banco, ya que se produce al final del proceso y resulta difícil que el consumidor revoque su decisión.
Puesto que las apruebas acreditan que no se les advirtió de los riesgos asociados a la divisa, sobre todo de su incidencia en el capital principal, estamos ante una cláusula abusiva. La juez declara la nulidad parcial del préstamo suscrito el 2 de agosto de 2006 en todos los contenidos relativos a la opción multidivisa, que quedarán sin efecto teniéndose por no puestos.
Bankinter es condenado a dejar de aplicar este clausurado y a rehacer el cuadro de amortización del préstamo, aplicando el exceso que los afectados hubieran podido pagar. También se le condena a la nulidad por abusiva de la cláusula sexta. La juez considera que la fijación de un interés por mora en un diferencial de 9,50 respecto del interés retributivo es claramente abusivo. Se le impone al consumidor un gravamen desproporcionado.
Celebramos esta importante victoria de d0s de nuestros socios más entrañables y les felicitamos junto a nuestros abogados colaboradores, Loleta Linares y Fernando Gavín. En este tipo de procedimientos es fundamental contar con letrados solventes y comprometidos, que ya han demostrado sobradamente su capacidad para llevarlos a éxito en un porcentaje altísimo.
Dirección Letrada: Loleta Linares/ Fernando Gavín
Perito: David García Muntané
Banco: Bankinter
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Minorista / Socio ASUFIN
Pdf: S_180723_BANKINTE_JPI42_MADRID_HMD_ASUFIN_SIN