[column size=one_half position=first ]» La Sección tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife confirma la condena al Banco Popular en favor de un socio de ASUFIN[/column]
[column size=one_half position=last ]» La entidad deberá estar y pasar por esta declaración, recalculando el préstamo y abonando las costas procesales de ambas instancias[/column]
Tras la estimación de las pretensiones del afectado en primera instancia, el Banco Popular interpuso un recurso de apelación. Este fallo condenaba a la entidad a recalcular el préstamo y al pago de costas procesales.
El afectado es funcionario, bombero de profesión y suscribió el préstamo en divisas en 2008. Fue el propio banco quien dejó una circular dirigida a su colectivo en el tablón de anuncios del trabajo ofreciendo la multidivisa. Ellos no tenían ningún tipo de convenio previo con el banco.
La resolución señala que no puede obviarse que el actor ostenta condición de consumidor y se encuentra protegido por la ley. Asimismo, no consta que el actor fuese informado correctamente de las consecuencias de la operación, por lo que no pudo comprender ni evaluar los riesgos de contratar esta hipoteca. La Sala desestima el recurso formulado por la financiera, confirmando en su integridad la sentencia apelada. Así, impone al Banco Popular las costas causadas en esta alzada.
Dirección Letrada: Patricia Gabeiras
Perito: Ramón Díaz Zárate
Banco: Banco Popular
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Minorista / Socio Asufin
Pdf: S_170124_AP3_SANTA_CRUZ_TENERIFE_CONFIRMA_160224_JPI1_LA_OROTAVA_HMD_ASUFIN_SIN