[column size=one_half position=first ]» La sentencia de primera instancia le quitó la razón a los afectados alegando caducidad. Ahora, la Audiencia Provincial de Valladolid, ha dado la razón a ASUFIN en defensa de sus socios [/column]
[column size=one_half position=last ]» Una médico y un funcionario logran ganar al banco que les engañó. La entidad deberá recalcular su deuda desde el inicio en euros[/column]
Los afectados, socios de ASUFIN, suscribieron su préstamo con Bankinter el 12 de febrero de 2008 por un principal de 152.000. El préstamo estaba referenciado a yenes pero en mayo de ese mismo año cambiaron de divisa al franco suizo.
El Juzgado de Primera Instancia Nº15 de Valladolid consideró que la acción para reclamar estaba caducada y quitó la razón a los demandantes. Esto es porque el juez entendió que desde el cambio de divisa ya conocían el riesgo. No obstante, ASUFIN recurrió para demostrar que sus socios jamás habían recibido la información sobre los riesgos de esta hipoteca; y que conocieron el riesgo real mucho después, algo que la Audiencia Provincial tuvo en cuenta.
De este modo, la Sala procede a analizar la abusividad de la Hipoteca Multidivisa atendiendo a la jurisprudencia; entre ellas, la reciente sentencia del TJUE del pasado 20 de septiembre. En este sentido, se pone de manifiesto que una cláusula que forma parte del objeto principal del contrato debe estar redactada de forma clara y comprensible. Respecto de la caducidad, queda claro que estamos ante un contrato que prolonga su efecto en el tiempo. Así, la Audiencia entiende que realmente fue en enero de 2015 cuando los afectados entendieron los riesgos de lo que estaban contratando; momento en el que el Banco de Suiza eliminó el suelo que tenía su moneda respecto del euro.
Por otro lado, no resultó suficientemente acreditado que los afectados fueran conscientes del riesgo cuando cambiaron de divisa. Del mismo modo, tampoco consta que hasta el momento Bankinter hubiera explicado e informado de los verdaderos riesgos y perjuicios que implicaba la Hipoteca Multidivisa; recibiendo únicamente una información verbal y deficiente, ya que no hubo siquiera una oferta vinculante o un folleto informativo.
En consecuencia, se declara la nulidad de este préstamo referenciado en divisas. Por tanto, la cantidad adeudada será el saldo vivo de la hipoteca en euros resultante de disminuir al importe prestado la cantidad amortizada en euros. El contrato subsistirá, pero sin las cláusulas y condiciones declaradas nulas. El tipo de interés aplicable será Euribor + 0,60 puntos. Además, se devolverán los gastos y comisiones de cambio aplicadas y los gastos derivados del cumplimiento de esta sentencia, más las costas procesales de primera instancia.
Desde ASUFIN felicitamos tanto a los letrados como a los afectados por este éxito que es de todos. Y seguimos animando a todos los afectados a que planten cara de forma activa a los abusos bancarios.
Dirección Letrada: Iván Sánchez Moreno, Ismael Olmo Pérez
Perito: David Muntané
Banco: Bankinter
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Minorista / Socio ASUFIN
Pdf:S_171009_BANKINTER_AP1_VALLADOLID_REVOCA_170208_JPI15_VALLADOLID_HMD_ASUFIN_SIN