[column size=one_half position=first ]» Un matrimonio soriano, empresarios dedicados a la actividad hostelera y geriátrica, ganan a Bankinter y consiguen la nulidad parcial de su hipoteca multidivisa[/column]
[column size=one_half position=last ]» Se trata de una sentencia pionera dictada por la Audiencia Provincial de Soria que falla contra Bankinter por la incorrecta comercialización de una hipoteca multidivisa[/column]
La sentencia de primera instancia desestimaba la demanda principal con imposición de costas a los afectados. Así, el presente recurso plantea sobre una incorrecta valoración de la prueba por parte del juez de instancia.
Los demandantes son empresarios dedicados a la actividad hostelera y geriátrica. En julio de 2007 deciden contratar con Bankinter un préstamo para la adquisición de su vivienda habitual por 210.000; teniendo el franco suizo como moneda de referencia. Así, tras 8 años pagando las cuotas, los demandantes habían abonado 103.274,81; sin embargo, ahora debe 227.036,76, más de lo que pidieron.
El empleado de la entidad que participó en la operación, no sabe cuándo entregó la información sobre la multidivisa. Del mismo modo, dijo haber llevado a cabo simulaciones de la fluctuación del valor de las divisas; sin embargo, en ningún caso se ha aportado dicha documentación, ni se demostró haber informado a los clientes del riesgo de este préstamo. En este sentido, la resolución califica la multidivisa como instrumento financiero derivado, complejo y de alto riesgo. Por ello, pese a que los demandantes se dediquen a la actividad empresarial; deben ser informados por el banco según las obligaciones que le impone la LMV. Esto es así porque los mismos concertaron el préstamo en un ámbito ajeno a su actividad, ostentando la condición de consumidores.
Como señala la sentencia, es cierto que el cliente tenía una clave para consultas online; pero la misma servía para examinar la totalidad de sus cuentas, tanto de depósito, como de valores. A este respecto, se indica que esto no necesariamente implicaba que el cliente tuviera que examinar exclusivamente la fluctuación de la moneda. En consecuencia, revisar posibles fluctuaciones de la moneda franco suizo con respecto al euro, no significa que el cliente estuviera perfectamente informado de los riesgos de la operación hipotecaria concertada.
La Sala revoca íntegramente la sentencia dictada en primera instancia. De este modo, estima sustancialmente la demanda y declara la nulidad parcial del préstamo hipotecario suscrito por los afectados. La cantidad adeudada será el saldo vivo de la hipoteca referenciado a euros. Este es el resultante de disminuir al importe prestado la cantidad amortizada hasta la fecha, tomando como tipo de ínteres el Euribor más 0,18. Bankinter deberá soportar los gastos que puedan derivarse de dicha declaración y se le imponen las costas de primera instancia.
Dirección Letrada: Alfredo García Tejero
Banco: Bankinter
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Particular / Empresarios sector hosteleros y geriátrico
Pdf: S_170316_BANKINTER_AP1_SORIA_REVOCA_161128_JPIEI3_SORIA_HMD_PART_SIN
2 comentarios
Mi enhorabuena a la pareja de afectados, nadie les va a compensar por el sufrimiento psíquico y físico sufrido estos años, pero al menos podrán empezar de nuevo. Mi enhorabuena a la defensa y a sus Señorías, por verlo tan claro, por hacer una España más decente donde estos ladrones de guante blanco se lo piensen dos veces antes de engañar a clientes minoristas. Desgraciadamente a la Banca le sigue saliendo rentable engatusar a sus clientes, primero, porque nadie va a la cárcel y segundo porque sólo denuncian un cinco por ciento de los clientes timados.
Cuando se avecina una crisis fuerte los expertos se refugian en el Yen y Franco Suizo, que casualidad que ofertaran los préstamos en esas divisas en el 2007 y 2008. Bankinter ha destrozado a miles de familias con este engaño. Los Banqueros tenían la información privilegiada y a los clientes minoristas les mostraban el señuelo de que se ahorrarían un dinero en la cuota.