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IRPH: ASUFIN consigue que se declare la nulidad del IRPH de dos socios

El Juzgado de Primera Instancia 6 de Lleida declara la nulidad de las cláusulas IPRH cajas y gastos hipotecarios

Desde ASUFIN interpusimos una demanda contra Banco Sabadell, solicitando que se declarase la nulidad de la cláusula IRPH y de gastos hipotecarios. La entidad financiera se opone a la demanda. Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia 6 de Lleida declara la nulidad de IRPH Cajas en cuanto a la determinación del índice de referencia sustitutivo, que se deja sin efecto. 

Además, lo sustituye por el tipo de interés oficial denominado «tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para la adquisición de vivienda libre concedidos por las entidades de créditos de España «, aplicando un diferencial equivalente a la media aritmética de las diferencias entre el tipo que desaparece y el tipo sustitutivo indicado. Así mismo, declara la nulidad de la cláusula de gastos. Y condena a Banco Sabadell a abonar a nuestros asociados la cantidad de 260€, más los intereses legales.

En primer lugar, este tribunal establece que las cláusulas no fueron individualmente negociadas, y siguiendo la doctrina de la Audiencia Provincial 1 de Lleida y del Tribunal Supremo concluye que el tipo de interés del préstamo hipotecario al índice IRPH, no es transparente, ya que falta la acreditación de que hubiera habido información directa por parte de la entidad bancaria sobre la evolución del mismo.

Y es por ello, que se declara la nulidad del mismo, pero si se examina la escritura se puede comprobar que se establece como tipo sustitutivo para el caso que se dejase de publicarse el IRPH Cajas el “tipo medio de los créditos hipotecarios nuevos a más de tres años de la modalidad del conjunto de entidades”, es decir, el IRPH Entidades.

En cuanto a la cláusula de gastos se declara la nulidad de pleno derecho y se condena a la entidad bancaria a restituir a los demandantes las cantidades que estos hayan abonado de más.

Finalmente, el Juzgado de Primera Instancia 6 de Lleida, declara la nulidad de la cláusula IRPH Cajas y lo substituye por el tipo de interés IRPH Entidades, aplicando un diferencial equivalente a la media aritmética de las diferencias entre el tipo que desaparece y el tipo sustitutivo indicado y gastos hipotecarios. Además, de la cláusula de gastos. Y condena a Banco Sabadell a abonar a los actores la cantidad de 260€, más los intereses legales.

Producto: IRPH y Gastos hipoteca 

Juzgado: Juzgado Primera Instancia 6, Lleida

Dirección Letrada: Marc Torres Bacardi

Fecha: 14.07.2021

Entidad: Banco Sabadell

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