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IRPH: El Supremo opta por la interpretación más desfavorable, pero la batalla continúa

El Alto Tribunal pasa por alto que este índice ha supuesto un perjuicio económico sistemático para los hipotecados, probado en tantas y tantas sentencias 

Ante el contenido de las tres sentencias, número 42, 43 y 44/2022, de 27 de enero, notificadas hoy por el Tribunal Supremo, relativas a IRPH, manifestamos que “como ya nos tiene acostumbrados, el Alto Tribunal opta por la interpretación más desfavorable para el consumidor”.

En palabras de Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN: “No podemos entender que de la mera publicación en el BOE de este índice pueda inferirse que un consumidor medio estaba en condiciones de comprender que iba a pagar sistemáticamente más por su hipoteca. Ningún cliente de banca hubiera aceptado tal contratación, de haberlo sabido”.

“Insistimos: si al consumidor medio se le hubiera informado adecuadamente de que contrataba un índice cuyo cálculo incluía no sólo la media de los tipos de interés, sino el resto de gastos, comisiones… la TAE, en definitiva, nadie lo habría aceptado, al entender que siempre le iba a suponer un sobrecoste en las cuotas de su préstamo. El todo es más que la parte, siempre”.

“Más escandaloso aún nos parece la consideración de que el IRPH era el más adecuado para utilizarlo como índice de referencia en el ámbito de la financiación de viviendas de protección oficial, y que ello por tanto demuestra la ausencia de mala fe en la incorporación a los préstamos convencionales”.

El Alto Tribunal también afirma que “para apreciar si hay desequilibrio no basta con comparar el IRPH con otro índice de referencia (básicamente el Euribor)”, dejando pasar por alto que el 80% de las hipotecas en este país están referenciadas a este índice. Y que el IRPH ha supuesto un auténtico drama para el resto de familias hipotecadas, alrededor de un millón, soportando sobrecostes cercanos a los 200 euros en sus cuotas, mes a mes.

“Estamos ante un claro abuso que, afortunadamente, muchos jueces en nuestro país entienden. Tenemos que confiar, de nuevo, en todos ellos y, lo más importante, no desistir en la batalla por eliminar el IRPH de todos los contratos”, remacha Suárez.

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3 comentarios

  1. y después de tantas idas y venidas, de Luxemburgo a España, que más se puede hacer?
    Llevo lidiando con este tema desde el 2017 y cada día estoy más perpleja y desesperanzada con la justicia. Entonces, mi pregunta es, todas las sentencias favorables quedan anuladas por orden del supremo? podemos seguir intentándolo, vale la pena, cuáles son los pasos siguientes?
    Gracias.

    1. Buenas tardes Cecilia, desde ASUFIN vamos a seguir luchando hasta la última instancia. Durante este tiempo valoraremos cómo se siguen desarrollando los eventos para poder establecer una estrategia sólida en beneficio de nuestros asociados.
      Gracias por confiar en ASUFIN y que tengas un buen día.

  2. A mí me dijeron que ni los reclamase porque me podrían condenar en costas. Y ya lo que me hacía falta, pero vamos lo del T.S. es de traca. Yo no tengo o no tenía ni idea de temas financieros, y es más es que si los hubiese tenido, me hubiese dado igual, me mandaron la Oferta Vinculante por e-mail donde se exponía todo, horas antes de la firma. A las 19:00 y firmaba por la mañana. Es más el día de la firma, me hicieron firmar la Oferta Vinculante. Si no hay mala fé en eso…joer que es que UCI, se va de rositas al final.

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