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SUELO: Un juez condena al Banco Popular

[column size=one_half position=first ]»El juzgado condena al Banco Popular a la nulidad, devolución íntegra y costas en un pleito de cláusula suelo«[/column]
[column size=one_half position=last ]»La finalidad del préstamo fue la adquisición de su vivienda habitual«[/column]

Un vecino de Pedreguer, Denia, consigue la nulidad de la cláusula suelo de su hipoteca, con devolución de excesos cobrados íntegramente desde el inicio de la aplicación de la cláusula suelo y las costas del proceso

En noviembre del 2012 el afectado concertó con el Banco Popular un préstamo hipotecario por un importe principal de 144.000€. Su plazo de amortización era de 420 cuotas. El préstamo tenía un interés fijo inicial de 1,1 77% hasta abril de 2013 y a partir de ahí, euríbor más 0,55 puntos

El demandante no tuvo conocimiento de la referida cláusula suelo en el momento de la firma de la escritura por la falta de información

El juez declara la nulidad por una serie de factores. En primer lugar, dicta que hubo falta de información, ya que no hubo ninguna información precontractual ni oferta vinculante, ni folleto informativo

También hubo ausencia en el contrato simulación de escenarios diversos de evolución del Euríbor, así como la inexistente información de otras modalidades de préstamo, ni advertencia de que no se le ofertaban otras modalidades al cliente

La sentencia manifiesta algo importante y es que se debía aclarar el efecto devolutivo de las cantidades pagadas desde la celebración del contrato. La nulidad de la cláusula determina la carencia de titularidad que justifique su retención

El TJUE también concluye que su aplicación en los ordenamientos jurídicos debe garantizar que las cláusulas abusivas no vinculen o afecten en modo alguno a los consumidores

Por tanto, declarada la nulidad de pleno derecho, por abusiva, de la cláusula contractual objeto del presente litigio, cuya ineficacia fue reconocida por la propia entidad demandada, deberá procederse a la restitución de las prestaciones.

Con esto, el juez estima de manera íntegra la demanda y condena al  Banco Popular a restituir los intereses cobrados en exceso.

El juez condena a la devolución retroactiva, desde la fecha de la celebración del contrato, de las cantidades que se hubieran cobrado de más en virtud de la cláusula suelo declarada nula, con el correspondiente interés legal desde su percepción con imposición de costas al Banco Popular


Dirección Letrada: Magdalena Rico Palao
Banco: Banco Popular
Producto: Cláusula Suelo
Perfil: Particular
PDF: S_160627_BPOPULAR_JPI3_DENIA_CLAUSULA_SUELO_PART_SIN

 

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Un comentario

  1. mis más sinceras felicitaciones adelante por el cambio y derrotar el abuso bancario.

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