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La AP de Vizcaya obligará al BBVA a devolver los depósitos de una promoción inmobiliaria que nunca llegó a producirse

La sentencia revoca otra de primera instancia que dejaba totalmente desprotegidos a unos inversores minoristas que suscribieron una promoción inmobiliaria con un tercero a través del banco. Cuando el promotor anunció que finalmente no se construirían las viviendas, BBVA no devolvió las cantidades ya pagadas. La justicia entiende que es su responsabilidad como entidad intermediaria el garantizar el uso adecuado de los fondos

Un grupo de pequeños inversores ha conseguido una condena favorable contra el BBVA por no devolver la totalidad de los adelantos que realizaron para adquirir unas viviendas que finalmente no llegaron a construirse. La entidad actuaba como intermediaria entre el promotor y los suscriptores, recibiendo las cantidades que se iban pagando y transmitiéndolas al constructor. El banco actuaba como avalista, pero solo garantizaba los fondos hasta una cierta cantidad, convenida previamente con el promotor. En algunos casos, no llegó a entregar documento alguno de garantía por ninguna cantidad, quedando estas sumas desprotegidas. Cuando finalmente la promoción se frustró, BBVA sólo respondió por las cantidades garantizadas documentalmente, de forma que muchos de los suscriptores perdieron toda o parte de las sumas ingresadas.

La sentencia en primera instancia les dejaba totalmente desprotegidos, al entender que la entidad bancaria, en su calidad de intermediaria, no tenía responsabilidad alguna. Los afectados apelaron y la Audiencia Provincial les ha dado la razón. Estima que BBVA tenía también una responsabilidad a la hora de garantizar el adecuado uso de los fondos que sus clientes iban depositando en las cuentas de su entidad. Es decir, que debía haber exigido garantías de que las cantidades que iba retirando el promotor se empleaban efectivamente para la construcción de las viviendas. La entidad no puede actuar como un mero depositante sino que tiene un deber de garantía, ya que como tal actuaba. El incumplimiento de esta obligación le hace también responsable, y deberá por tanto responder por las cantidades invertidas y aún no devueltas. Así, los inversores defraudados podrán recuperar sus ingresos, y además la entidad bancaria tendrá que hacerse cargo de los costes del proceso.


Dirección letrada: Sra. Amaya Barrenchea Judez
Banco: BBVA 

Producto: Deuda acumulada
Perfil: Particulares
PDF: S_131014_BBVA_AP4_BIZKAIA_REVOCA_120207_JPI4_BILBAO_ACUM_PART_SIN.pdf

 

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