[column size=one_half position=first ]»El afectado mantenía una relación de plena confianza con el director de la sucursal y éste no explicó los riesgos del producto solamente aportando un tríptico informativo«[/column]
[column size=one_half position=last ]»El tribunal declara la nulidad radical de la compra de Valores Santander por el importe de 400.000 y la nulidad del canje de acciones, así como los intereses legales«[/column]
En primera instancia, el juzgado número 14 de Zaragoza falló en favor del Banco Santander, condenando a la parte demandante al pago de las costas. Los afectados recurrieron esta sentencia ante la Audiencia Provincial sección cuarta de Zaragoza.
Los afectados pedían la nulidad por error en el consentimiento de la compra de Valores Santander y que se condene a la entidad bancaria a la devolución del nominal de las inversiones por un total de 400.00o con deducción de las sumas percibidas por los demandantes.
También formulan la opción de demandar por daños y perjuicios por la actuación negligente del banco que se corresponden con la pérdida del valor de los productos
El afectado mantenía una relación de plena confianza con el director de la sucursal y resultó probado que éste no explicó los riesgos del producto con la única salvedad de la entrega de un tríptico informativo
El director de la sucursal manifestó que no era su cometido informar al cliente sobre un posible riesgo de previsión de las futuras acciones
Según la doctrina del TS, tiene destacada importancia el correcto conocimiento del cliente de los riesgos que asume al contratar productos y servicios de inversión. El tribunal obliga a los mercados a observar estándares muy altos de información y tienen carácter esencial sin imponer los intereses propios a los de los clientes
A vista de la prueba practicada, la audiencia provincial llegó a la conclusión de la absoluta falta de información a los afectados por parte de la entidad bancaria en la compra de Valores Santander
Destacan también que y el banco obró con absoluta falta de transparencia y ausencia de lealtad al cliente y se deduce inequívocamente que el cliente tenía plena confianza en la entidad
Se estima el recurso de apelación y se revoca la sentencia en primera instancia con imposición de las costas de primera instancia a la demandada
El tribunal declara la nulidad radical de la compra de Valores Santander por el importe de 400.000, declarando la nulidad del canje de acciones, más los intereses legales con deducción de las sumas percibidas por los demandantes, más las costas de primera instancia
DIRECCIÓN LETRADA: Álvaro Garcia Graells
PERITOS: Prosper Lamothe
BANCO: Banco Santander
PRODUCTO: Valores Santander
PERFIL: Particular
PDF: S_160708_BSANTANDER_AP4_ZARAGOZA_REVOCA_151214_JPI14_ZARAGOZA_VSANTANDER_PART_SIN