Dos nuevas sentencias en León en contra de la comercialización de los swaps. Ahora han sido Banco Sabadell y Bankinter los bancos condenados a devolver el importe de las liquidaciones y a proceder a la cancelación de los contratos.
La Audiencia Provincial de León ha anulado dos permutas financieras más colocadas a un cliente particular y a una pequeña empresa. En ambos casos, los magistrados de las secciones han confirmado las anulaciones de los contratos por la escasa información previa que recibieron por parte de sus entidades bancarias: Banco Sabadell y Bankinter.
Banco Sabadell ha sido condenado por la sección segunda a devolver los 16.821 euros ya que para el tribunal resulta difícil de pensar que algún cliente en su sano juicio y comprendiendo que con la contratación del producto las liquidaciones fueran a favor del banco quisiese firmar este tipo de producto.
Además, los magistrados tienen en cuenta la declaración del empleado del banco, pues tuvo ciertas dificultades en la explicación de las cláusulas del contrato. Este mismo trabajador afirmó durante el juicio que ofreció el swap como una cobertura contra los tipos de interés.
Las diferencias en las liquidaciones eran sustanciales. Dependiendo de la evolución del Euribor, el cliente podría percibir en el inicio del contrato, en 2006, 633 euros hasta abonar más de 8.300 euros en 2010.
Esta no ha sido la única sentencia negativa que las entidades bancarias han tenido en la Audiencia Provincial de León. En la sección primera, una PYME ha conseguido la nulidad de su contrato de la permuta financiera que firmó con Bankinter, además de todas las liquidaciones negativas que tuvo que pagar a la entidad financiera.
Dirección letrada: Bernardo Luis García Angulo
Banco: Banco Sabadell, S.A.
Producto: Swap tipos de interés
Perfil: Particular
PDF: S_130322_BSABADELL_AP2_LEON_CONFIRMA_120730_JPI7_LEON_PART_SIN.pdf
Dirección letrada: Bernardo Luis García Angulo
Banco: Bankinter, S.A.
Producto: Clip Hipotecario Óptimo (CHO)
Perfil: PYME
PDF: S_130325_BANKINTER_AP1_LEON_CONFIRMA_120918_JPI9_LEON_PYME_TS_SIN.pdf