Banco Popular ha vuelto a ver como sus IRS vuelven a recibir otro revés judicial. Una PYME ha logrado que la Audiencia de Lugo vuelva a darle la razón y confirme la nulidad de dos contratos.
Una PYME ha conseguido que la Audiencia Provincial de Lugo ratifique la sentencia en la que se condenaba a Banco Popular a anular los dos contratos de IRS que fueron suscritos entre las partes. Los magistrados del tribunal lucense consideran que el banco ofreció un producto de alto riesgo, como las permutas financieras, sin la debida información.
El proceso de venta, que comenzó en marzo de 2007 y terminó en mayo de 2008, invalida el negocio jurídico entre Banco Popular y la pequeña empresa. Los magistrados de la sección quinta recalcan que cada vez hay más sentencias de instancia que sancionan unas prácticas bancarias incorrectas.
La sentencia confirma que la sucursal de Banco Popular ofreció los IRS como un seguro de tipos de interés idóneo para el endeudamiento de la PYME. En ningún momento, los empleados de la entidad financiera advirtieron al administrador de la empresa que la permuta financiera era en realidad un producto especulativo y de riesgo no apto para clientes minoristas. Los magistrados consideran que los contratos, redactados exclusivamente por el banco, dependían de factores altamente aleatorios.
La empresa es calificada por el tribunal como personalista y pequeña por lo que la información que tenía que haber recibido debió haber sido como la que se aplica a los clientes particulares y minoristas: específica, efectiva y cierta.
Dirección letrada: Marcelino Tamargo Menéndez
Banco: Banco Popular, S.A.
Producto: IRS
Perfil: PYME
PDF Audiencia: S_130630_BPOPULAR_AP1_LUGO_CONFIRMA_130220_JPI5_LUGO_PYME_SIN.pdf