La Audiencia Provincial número tres de Granada ha condenado a Banco Andalucía, del Grupo Banco Popular, por la comercialización de un IRS, contratado por una pyme y un particular, por no informar adecuadamente sobre los riesgos y consecuencias que acarreaba el producto.
Los clientes contrataron el swap por un valor nocional de 2.000.000 de euros. Esta permuta financiera de tipos de interés fue presentada como una especie de seguro de estabilización de la hipoteca que evitaba pagar las eventuales subidas de tipos.
Durante la contratación no se informó sobre el comportamiento del IRS, ni se hizo simulación de posibles escenarios. Tampoco se expuso el posible coste de cancelación, que finalmente ascendía a 200.000 euros. Además, la información proporcionada en folletos era confusa e inentendible.
El Juez considera que la entidad buscó protegerse y seguir manteniendo beneficios ante la bajada de tipos, la cual ya era esperada, pues los índices presentados por Reuters o Bloomerg, de los cuales ha reconocido tener constancia la entidad, ya indicaban dicha bajada. Este aspecto queda patente teniendo en cuenta que la entidad ya había incluido una clausula suelo en las hipotecas de los afectados.
La intención de sacar y mantener el máximo beneficio queda apoyada por el intento por parte de la Entidad – durante la tramitación del procedimiento de nulidad – de ejecutar una Póliza de Cobertura de Riesgos, reclamando a la empresa y al particular que la avalaba una liquidación de los swaps de 80.700 euros. La ejecución de esta póliza ha estado bajo suspenso hasta esta sentencia mediante un Auto de los Juzgados de Primera Instancia de Granada.
Dirección Letrada: Diego Jiménez Mantecón
Banco: Banco Andalucía, Grupo Banco Popular
Producto: Swap
Perfil: Pyme y particular
PDF:S_121123_BPOPULAR_AP3_GRANADA_CONFIRMA_120419_JPI1_GRANADA_PART_SIN.pdf