Bankinter vendió el producto afirmando que el Clip le iba a protegerse contra las subidas de los tipos. La sentencia considera que cometió una desinformación ante la empresa, por lo que el producto queda invalidado.
La comercialización de los Clips de Bankinter continúa siendo condenada por la justicia. La falta de información en los momentos previos a la contratación del producto siguen siendo los motivos que esgrime la justicia para anular los contratos entre la entidad bancaria y sus clientes.
En esta ocasión, una PYME en Granada ha logrado recuperar el dinero que tuvo que pagar a Bankinter en concepto de liquidaciones negativas. La sentencia, emitida por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de la ciudad considera que la desinformación acerca de las características y el comportamiento del producto financiera generó un error a la hora de prestar el consentimiento.
Para el magistrado, está más que probado que no se le proporcionó a la pequeña empresa información suficiente sobre la naturaleza del producto que se le ofrecía. Solo quedó demostrado que Bankinter le vendió el producto con la finalidad de protegerse contra una eventual subida de los tipos de interés.
Además, la entidad financiera nunca averiguó el perfil inversor de la persona que suscribió el contrato en nombre de la empresa. No tenía una especial preparación financiera y la sentencia considera que no le es exigible para gestionar una pequeña empresa.
Dirección letrada: Agustín Canón Frías
Banco: Bankinter, S.A.
Perfil: PYME
Producto: Clip
PDF: S_130724_BANKINTER_JPI4_GRANADA_PYME_CLIP_SIN.pdf
Clip Hipotecario Óptimo