La AP de Oviedo se ratifica en la condena a la entidad y la restitución a los afectados de todos sus ahorros. Cuatros nuevas sentencias vienen a confirmar la tendencia ganadora en la vía judicial para los clientes estafados.
Las cuatro sentencias vienen a matizar en algún aspecto las respectivas condenas que ya se habían producido contra Liberbank en primera instancia. Los casos son muy similares entre sí, surgen a raíz de una práctica por desgracia conocida: la clásica colocación de deuda subordinada a clientes desinformados haciéndoles ver que se trataba de una especie de depósito a plazo fijo. Ante la actitud inflexible mostrada desde el banco, la única solución es acudir a la vía judicial. Por suerte, cada vez se producen más sentencias de condena a los bancos.
Los afectados plantearon demandas de nulidad de los contratos ante la falta de información sobre su naturaleza y sus condiciones. La justicia ya dio la razón a los afectados en primera instancia, pero en tres de los casos con algunos matices, que se han podido corregir con el recurso. En la cuarta sentencia, es el banco el que había planteado el recurso de apelación. En las cuatro, la Audiencia Provincial de Oviedo ha resuelto con sentencias muy favorables a los afectados.
Las dos primeras sentencias vienen a resolver el asunto de los intereses. Con la condena en primera instancia, se establecía la obligación a la entidad bancaria de devolver los intereses moratorios. Pero sobre éstos surge un conflicto: ¿a partir de cuándo se generan?. Las primeras sentencias establecían que desde el momento en que se interponía la demanda. Sin embargo, la pretensión de los demandantes es que los intereses se retrotraigan al momento en que se realizaron los pagos. O sea, que fruto de cada pago que no debió realizarse se genera un interés moratorio. Así lo han entendido también los magistrados de las salas 5ª y 6ª de la Audiencia Provincial de Oviedo, que admiten los recursos de los afectados y fallan en su favor.
La tercera sentencia venía a incidir en el tema de las costas procesales. El juzgado de primera instancia correspondiente había fallado en favor de los demandantes, pero no imponía en la sentencia las costas a Liberbank. El recurso planteado por José Antonio Ballesteros solicitaba una rectificación en este punto concreto, que le admite la AP ovetense. Finalmente, la última de las sentencias es una ratificación de la condena en primera instancia a la entidad bancaria. En este caso es el banco el que plantea el recurso contra la primera condena, y la Sala Primera de la AP de Oviedo inadmite su recurso dotando de plena validez a la primera condena.
Banco: Liberbank
Producto: Deuda subordinada
Perfil: Particular
Dirección letrada: D. José Antonio Ballesteros Garrido
PDF1: S_140514_LIBERBANK_AP5_REVOCAINTERESES_140312_JPI2_MIERES_OBLSUBORDINADAS_PART_SIN.pdf
PDF2: S_140623_LIBERBANK_AP6_OVIEDO_REVOCA_140326_JPI6_AVILES_INTERESESSUBORDINADAS_PART_SIN.pdf
PDF3: S_140630_LIBERBANK_AP4_OVIEDO_REVOCACOSTAS_140502_JPI11_OVIEDO_OBLSUBORDINADAS_PART_SIN.pdf
PDF4: S_140708_LIBERBANK_AP1_OVIEDO_CONFIRMA_140305_JPI1_AVILES_OBLSUBORDINADAS_PART_SIN.pdf