El Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid ha estimado parcialmente una demanda de nulidad retroactiva sobre una cláusula suelo de Banco Popular. Los afectados, dos particulares, suscribieron la cláusula como una condición general dentro de un préstamo.
Aunque la cláusula ha sido considerada abusiva, ya que era un aspecto esencial pero innegociable del contrato. Sobre todo, teniendo en cuenta que el suelo fue marcado al 5%, casi al máximo histórico del Euribor (sobre el 5,5%).
Asimismo, la sentencia remarca la falta de información por parte de la entidad, con una redacción del clausulado poco esclarecedora para un cliente minorista, y con total ausencia de simulación de escenarios diversos relacionados con su comportamiento.
Pese a ello, el Juzgado ha respetado la ausencia de retroactividad sobre las cláusulas suelo de la sentencia previa emitida por el Tribunal Supremo en 2013, por lo que los demandantes no recuperarán las cantidades sobrepagadas a causa de esta.
Dirección Letrada: Arcadi Sala-Planell.
Banco: Banco Popular.
Producto: Cláusula Suelo.
Perfil: Particular.
PDF:S_150326_BANCOPOPULAR%20_JM7_MADRID_CLAUSULA%20SUELO_PARTICULAR_SIN.pdf