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El Banco Santander ha sido condenado por colocar el producto Valores Santander sin explicarlo en esencia.
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Información como el carácter fluctuante así como la posibilidad de canje, ejes vertebradores del producto, fue omitida para captar clientela.
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Los afectados, en este caso un matrimonio de avanzada edad, invirtieron más de 60.000.
El Juzgado Mixto número 1 de Linares ha sido testigo de cómo el Banco Santander ha tenido que rendir cuentas con la justicia. Nuevamente la colocación de productos, en este caso los Valores Santander, hacen que se haya dictado una sentencia condenatoria por ser un nuevo paradigma frente al manejo y distribución de información, que nuevamente evidencia una mala praxis por la conjunción total de quien forma este tipo de entidades. Como consecuencia, y así como recoge el informe pericial, los perjudicados deberán recibir por parte del Banco Santander la cantidad de 60.555 euros.
Los demandantes han alegado la evidente vulneración de las normas de la publicidad: que exige la obligación de transparencias y de las operaciones de las entidades de crédito, en referencia a un producto ofertado y comercializado por el Banco. Al no informar correctamente a quien adquiere dicho producto, se le negaron la posibilidad y acceso a sus intereses legales.
El Banco Santander ofrecía un producto solvente con garantías, sin informar de las consecuencias reales del mismo. El Juzgado considera que no se transmitió a los afectados la capacidad de resultado negativo con perdidas, debido a la unión intrínseca de la perdida de valores con los valores del banco.
[pullquote]El comercial era familiar de los afectados[/pullquote]
La información referente a la perdida del valor del dinero, por estar sujeto a las constantes fluctuaciones, era tangible y necesaria para los agentes comerciales del Banco. Nuevamente los perjudicados, afirman que su agente comercial, con quien también mantenían un vínculo familiar ya que era esta misma era su nuera, no informó de las posibles perdidas que podía acarrear la utilización de estos productos, como extensión, así mismo representación, de la identidad bancaria.
Como señala la Jurisprudencia del Supremo, la existencia de una relación de confianza es relevante, analizable así como posteriormente juzgable. Esta misma confianza se presenta y juzga como el origen de un consentimiento viciado, en términos legales. Esta confianza dio aún más cabida lugar a la información errónea de los productos adquiridos, que al final se podían haber llamado de todo, menos de valor.
Dirección Letrada: Marcelino Tamargo
Banco: Santander
Producto: Valores Santander
Perfil: Minorista PDF: S_150604_BSANTANDER_JPI1_LINARES_VALORES_SANTANDER_SIN.pdf
Un comentario
Donde esta la ética en este mundo? Todo vale por dinero. Que pasa con la lealtad hacia uno mismo y poder engañar